28 de marzo de 2026

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Lima: Cargando...

Por Ross Barrantes / Perú en la COP30

ROSS BARRANTES

Belém, Brasil. La trigésima Conferencia de las Partes sobre Cambio Climático (COP30) en la ciudad brasileña de Belém representa un momento de encrucijada para la arquitectura climática global y, particularmente, para Perú. 

Perú llega a Belém con las nuevas NDC 3.0 que, al menos en el papel, denota ambición. Pero ¿cuáles son específicamente estos compromisos? En materia de mitigación de emisiones, Perú se compromete a no superar los 179 millones de toneladas de emisión de dióxido de carbono equivalente hacia 2035. 

Traducido: una reducción del 40% de emisiones de gases de efecto invernadero al 2030, distribuida en un 30% que se logrará con inversiones con recursos internos y externos (la meta no condicionada), y un 10% adicional condicionado al financiamiento internacional que Perú espera que los países desarrollados aporten. 

Aquí es donde emerge la paradoja central que define la posición de Perú en esta cumbre climática. Aunque el país contribuye con menos del 0.5% de las emisiones globales de gases de efecto invernadero, es altamente vulnerable a sus efectos. 

Esta asimetría entre responsabilidad y vulnerabilidad es constitutiva del problema de justicia climática global. Los números son alarmantes: 14 millones de peruanos—casi la mitad de la población nacional—viven en situación de vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria, directamente vinculada al cambio climático. 

Más de 5.6 millones están expuestos a heladas y friajes; 2.6 millones a sequías; y 5.5 millones son vulnerables a lluvias intensas. En los últimos 58 años, el cambio climático ha causado la pérdida del 56% de la superficie glaciar del Perú. Estos no son números abstractos; representan la pérdida de medios de vida, territorios, identidades y futuro para millones de peruanos. 

Desde una perspectiva de constitucionalismo ambiental, esta situación plantea una pregunta fundamentalmente ética: ¿puede un Estado constitucional tolerar una arquitectura climática global que permite que quienes no causan el daño lo sufran desproporcionadamente? La respuesta, desde los principios del Estado Social y Democrático de Derecho que reconoce nuestra Constitución, debería ser categoría: no. Estratégicamente, Perú no negocia en Belém como un actor aislado. 

Se posiciona dentro de AILAC (Alianza Independiente de América Latina y el Caribe), un bloque que incluye a Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Panamá y Paraguay. Este grupo busca impulsar propuestas que reflejen los intereses y particularidades de la región latinoamericana.

Este posicionamiento es importante: le permite a Perú no negociar en términos de países desarrollados versus países en desarrollo, sino como parte de una coalición regional que articula demandas específicas. Sin embargo, la cohesión de AILAC no es automática.  Constitucionalmente, Perú fundamenta su participación activa en la COP30 en su riqueza ecosistémica.

El país posee 39 ecosistemas identificados. Más del 60% de su territorio está cubierto por Amazonía. Perú alberga el 68% de los glaciares tropicales del mundo. Esta no es solo una característica demográfica o geográfica; es un activo que genera responsabilidades y derechos específicos en el escenario internacional. La pregunta es si Perú puede convertir esta riqueza ecológica en poder político en las negociaciones climáticas. La historia sugiere que es difícil.

Los países con biodiversidad han sido históricamente presionados para aceptar marcos de «conservación» que limitan su desarrollo sin compensación efectiva. La genuina transición justa requeriría que los países desarrollados asuman una deuda climática, reconozcan la riqueza ecológica como bien público global, y financien su conservación. Gracias por leerme 

(*) Abogada Constitucionalista | Especialista en Derecho Ambiental

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