Estas últimas semanas desde la modificación a la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, promulgada el 11 de enero de 2024 bajo la Ley N° 31973 se está promoviendo una marcha denominada “LEY ANTIFORESTAL” que trae consigo cambios en cuanto a la asignación de competencias y la promoción de la zonificación forestal en el Perú. Sin embargo, es crucial analizar este enfoque desde una perspectiva de derechos:
Vamos a enumerarlos para que me puedas entender:
Primero: uno de los aspectos fundamentales es el traslado de competencias del Ministerio del Ambiente al Ministerio de Desarrollo Agrario en lo concerniente a la asignación de bosques de producción permanente. Esta transferencia plantea interrogantes sobre cómo se gestionarán ahora estos recursos naturales y si se mantendrán los mismos estándares de conservación y protección ambiental que antes
Segundo: se establece que la aprobación de la zonificación forestal, anteriormente a cargo del Ministerio del Ambiente, ahora recae en el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a propuesta del Serfor y con la opinión previa del Ministerio del Ambiente, sin embargo, es necesario asegurar que esta transición no resulte en una disminución de los estándares ambientales y de participación ciudadana en el proceso de zonificación.
Tercero: la suspensión temporal de la exigencia de la zonificación forestal como requisito para el otorgamiento de títulos habilitantes plantea una pausa para evaluar los procedimientos involucrados antes imposibles de poder cumplirse en la práctica. Sin embargo, es esencial garantizar que no se otorguen títulos en áreas críticas para la conservación de la biodiversidad y los derechos de las comunidades indígenas.
Los que conocemos la realidad sabemos que la deforestación en la Amazonía está estrechamente vinculada a la pobreza y la falta de oportunidades económicas. Por lo tanto, cualquier medida regulatoria debe abordar estas causas subyacentes, promoviendo alternativas económicas sostenibles para las comunidades locales y asegurando su participación en la toma de decisiones que afectan sus territorios.
Esta modificatoria no constituye una solución definitiva para detener la deforestación en la región, pero tampoco es una “ley antiforestal” que promueva la deforestación. Reconocer la complejidad y la gravedad de los problemas en la Amazonía es fundamental: esta modificación legislativa, por sí sola, no puede resolver los desafíos críticos que enfrenta la región. Es preocupante escuchar afirmaciones que sugieren que esta modificación resolverá los problemas del sector agrario y de cultivos alternativos, como el café y el cacao. La realidad es que los problemas en la Amazonía son multifacéticos y requieren un enfoque integral. En lugar de generar comentarios superficiales y carentes de conocimiento sobre la complejidad de la situación, es crucial que se busquen soluciones que aborden estos desafíos de manera integral. Se necesita una propuesta que reconozca la interconexión entre la conservación ambiental, el desarrollo económico y la protección de los derechos de las comunidades. Espero podamos ver propuestas respaldados por evidencia sólida y el compromiso político en la búsqueda de un futuro sostenible para la Amazonía y el país en su conjunto.
(*) Abogada especialista en Derecho Ambiental