Presentan norma para garantizar la protección y defensa de militares

Congresista Valeria Valer propone modificar el código penal

por | Ago 10, 2020 | Sin categoría

Congresista Valeria Valer propone modificar el código penal

La parlamentaria de Fuerza Popular, Valeria Valer Collado, presentó el proyecto de ley 5678, a través del cual plantea modificar el Código Procesal Penal (CPP), para otorgar protección legal a los miembros de las Fuerzas Armadas que, en uso reglamento de sus armas o mediante cualquier otro tipo de medida de defensa, lesionen u ocasionen la muerte de personas.

La norma, que fue presentada el pasado 02 de julio, propone incorporar el artículo 268-A en el CPP, para que de esta forma se establezca que los jueces que revisen los presuntos casos de abuso en el empleo de la fuerza pública por parte de militares, determinen si existió una justificación para el accionar que realizó el integrante de las Fuerzas Armadas.

«En los casos de requerimientos de prisión preventiva en contra de militares que se produzcan con motivo del uso o empleo de la fuerza pública en el ejercicio de sus funciones en estado de derecho o estado de excepción, el juez, para determinar que existe graves y fundados elementos de convicción de la existencia de un delito, deberá analizar motivadamente la existencia de una causa de justificación o una causa de justificación incompleta. Solo en casos de que no exista, dicta prisión preventiva. De concluir que existe una causa de justificación, el juez de oficio o a pedido de parte, reconvierte la audiencia y declara de oficio la existencia de una excepción de improcedencia de acción, archivando la causa«, se lee en el proyecto.

Asimismo, la propuesta plantea modificar el numeral 1 del artículo 269 del CPP, proponiendo nuevas consideraciones respecto al arraigo que se deberá considerar para un militar, en caso de estar sometido a un proceso legal.

«El arraigo en el país se presume en militares cuando la imputación se produce como consecuencia del ejercicio de sus funciones en uso o empleo de la fuerza pública, en estado de derecho o estado de excepción, y se encuentra laborando en su respectiva institución», es el párrafo que busca agregar la legisladora.

Además, la congresista también plantea, en la primera disposición complementaria final, que se cree el Órgano de Defensa Legal de las Fuerzas Armadas, para lo cual el Ministerio de Defensa, en caso de aprobarse esta ley, deberá modificar su Ley de Organización y Funciones.

Cabe precisar que dentro de la segunda disposición complementaria final, Valer establece que «el personal militar de las Fuerzas Armadas que hace uso de sus armas y medios defensa contraviniendo la Constitución Política del Perú (…) Incurrirá en responsabilidad penal y no se aplicarán los beneficios de la presente ley».

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