Proponen que sentenciados por corrupción postulen a Presidencia

Conforme a la Ley Orgánica, las personas que obtengan delitos de corrupción no pueden postular a la Presidencia y Vicepresidencia de la República.

por | Ago 13, 2024 | Actualidad

Conforme a la Ley Orgánica, las personas que obtengan delitos de corrupción no pueden postular a la Presidencia y Vicepresidencia de la República.

El congresista Luis Cordero Jon Tay, de la bancada de Somos Perú, presentó un proyecto de Ley ante el Congreso de la República, dicha propuesta busca permitir que las personas que hayan ocupado cargos públicos y hayan sido condenadas por corrupción, puedan postular nuevamente a cargos públicos, incluyendo la Presidencia de la República.

Tras lo mencionado, cabe precisar que el objetivo de la iniciativa legislativa, es modificar la ley del artículo 107 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, a fin de «restablecer la resocialización de la pena«, en referencia a las personas que han sido sentenciadas por diversos delitos, así como la corrupción.

«No pueden postular a la Presidencia o Vicepresidencias de la República las personas que, por su condición de funcionarios y servidores públicos, son condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios«, se visualiza en el documento.

 

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Cabe precisar, que el artículo, establece que las personas que han sido condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida por los delitos de colusión peculado, corrupción de funcionarios, no pueden participar en las elecciones generales como candidatos a la Presidencia, vicepresidencias de la República u otro cargo público.

«No pueden postular a la Presidencia o Vicepresidencias de la República las personas que, por su condición de funcionarios y servidores públicos, son condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios; aun cuando hubieran sido rehabilitadas«, señala la actual Ley Orgánica de Elecciones en el literal j del artículo 107.

Ante ello, Luis Cordero, señala que su propuesta “no colisiona o contraviene» la disposición legal vigente, ya que solo se modificaría el «literal j» del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones con el objetivo de «resocializar» la pena y garantizar «el derecho constitucional» de las personas para elegir y ser elegidos.


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