1 de abril de 2026

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Publican decreto que fija el pago adicional a policías desde este mes

Publican decreto que fija el pago adicional a policías desde este mes

Establece monto, condiciones y exclusiones

 

El Gobierno peruano oficializó la modificación de los lineamientos que regulan los servicios policiales extraordinarios, permitiendo que efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) custodien el transporte de dinero y valores bajo esta modalidad.

El cambio quedó fijado en el Decreto Supremo N° 019-2025-IN, refrendado por el presidente José Enrique Jerí Oré y el ministro del Interior Vicente Tiburcio Orbezo.

La norma implica la actualización del artículo 11 de los Lineamientos Rectores para la Ejecución de los Servicios Policiales, ampliando las situaciones extraordinarias que habilitan a la PNP a asignar personal en condición de vacaciones, permiso o franco para la custodia de caudales, siempre a solicitud de empresas públicas y privadas.

Los servicios extraordinarios podrán ser solicitados para eventos como custodia en instituciones bancarias y financieras, seguridad en instalaciones estratégicas, patrullaje integrado, protección a fiscales y jueces y, desde ahora, de forma expresa, la seguridad complementaria en el transporte de dinero y valores.

 

MONTOS

Hace unos días se fijó en S/16 por hora la entrega económica para el personal policial que, estando de franco o de vacaciones, se incorpore voluntariamente a labores de patrullaje y operaciones focalizadas.

El pago se otorga por jornadas de 7 horas continuas y no tiene carácter remunerativo ni pensionable, ni genera cargas sociales. La medida alcanza a oficiales hasta el grado de mayor y suboficiales de armas en actividad con aptitud médica “A”, excluyendo a suboficiales de tercera recién egresados.

El bono solo puede acumular hasta 15 días de servicio al mes para quienes estén de franco y hasta 30 días al año para quienes estén de vacaciones, y será financiado con el presupuesto del Ministerio del Interior. El Comando de la PNP será responsable de la convocatoria, control y registro de los efectivos beneficiados.

 

REFORMA

La medida autoriza a la PNP a desplegar oficiales en franco o vacación para prestar servicios extraordinarios de protección de transporte de dinero y caudales, bajo solicitud y financiación exclusiva de las entidades interesadas.

La normativa excluye toda erogación adicional para el Tesoro Público y estipula que la propia PNP será responsable de acreditar y evaluar a los efectivos asignados, reforzando el control institucional.

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