Qali Warma: aprueban norma para servicio alimentario escolar 2024

El procedimiento de las compras se llevará a cabo de forma electrónica con el empleo de firmas y certificados digitales

por | Sep 2, 2023 | Actualidad

El procedimiento de las compras se llevará a cabo de forma electrónica con el empleo de firmas y certificados digitales

El Estado aprobó la norma para el proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis). El objetivo es avanzar con la adquisición de alimentos para brindar el servicio alimentario escolar del 2024.

Mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva 000475- 2023-MIDIS/PNAEQW-DE, anunciada por el diario oficial El Peruano, se menciona las disposiciones y procedimientos aplicables a los actos preparatorios, selecciones de proveedores y ejecución contractual del dicho proceso de compras. Esta se enfoca en la prestación del servicio alimentario escolar para los estudiantes de las instituciones públicas asistidas por el programa.

El proceso de compras se hará de forma electrónica, a través de la plataforma creada e instaurada por el programa, con el uso de firmas y certificados digitales. De esta manera, se asegura la transparencia, confianza y accesibilidad a potenciales proveedores y ciudadanos que quieran participar en dicho proceso.

Bajo el modelo cogestión de Qali Warma, las 116 comisiones de compras descentralizadas poseen autonomía y toman decisiones en el contexto de la normativa para la selección y contratación de proveedores.

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Las comisiones de compra revisan y califican las propuestas técnicas, así como económicas y otorgan los contratos a los postores que cumplan con los requisitos pedidos. Las transmisiones en tiempo real de las actuaciones de las comisiones de compra, a través del módulo de vigilancia digital, son grabadas.

De acuerdo a Qali Warma, solamente serán postores las personas naturales o jurídicas inscritas dentro del Registro de Participantes del Proceso de Compras que individualmente o integrando un consorcio se dediquen a actividades como la producción y/o elaboración y/o almacenamiento y/o distribución y/o comercialización y/o venta, asociados a alimentos para el consumo humano. En caso del consorcio, cada miembro debería dedicarse, por lo menos, a una de las actividades señaladas.

Se debe precisar que los postores no serán las personas naturales, jurídicas o miembros de consorcios, que fueron sancionados por presentación de documentación falsa o modificada en cualquiera de las fases de los procesos de compra.

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