Indecopi ha señalado una serie de responsabilidades que los colegios privados deben cumplir tanto antes como durante la prestación del servicio educativo. Estar al tanto de esta información será de gran ayuda para todas las partes implicadas, ya que permitirá prevenir cualquier situación que pueda afectar los derechos de los estudiantes.
A continuación, te detallamos estos lineamientos:
– Servicio educativo: Bajo la campaña «De vuelta al cole«, el enfoque está en la anticipación al informar sobre el servicio educativo, exigido con al menos 30 días calendario antes del inicio del proceso de matrícula.
«Los colegios deben proporcionar información que incluya: el costo y fecha de pago de la matrícula; montos, fechas y número de pagos de las pensiones; costo y fecha de la cuota de ingreso; posibles incrementos en las pensiones, historial de montos de pensiones, matrículas y cuotas de ingreso de los últimos cinco años; política de retención de certificados por falta de pago; plan de estudios anual, métodos de evaluación y control de asistencia; límite máximo de estudiantes por aula; servicios de apoyo para estudiantes, entre otros», se especifica en el portal web de Indecopi.
– Cobros autorizados: Las instituciones educativas privadas solo pueden cobrar por concepto de cuota de ingreso (abonada una vez por nuevos estudiantes y potencialmente reembolsable si el alumno se retira), matrícula (único pago al inicio del año, no superior a la pensión mensual) y la pensión (cobrada mensualmente, después del mes de enseñanza).
Es importante recordar que el pago de la Apafa (Asociación de Padres de Familia) no es obligatorio ni está vinculado a la matrícula. «Cualquier cobro de tarifas extraordinarias, sorteos, rifas, recaudaciones, etc., está prohibido», declara la página.
– Materiales educativos y textos escolares: Los padres o tutores tienen el derecho de participar en la selección de textos y otros materiales para el período educativo 2024. No existe la obligación de adquirir nuevos textos.
«Los colegios privados no pueden requerir la adquisición total de materiales y útiles el primer día de clases, ni solicitar otros que no sean necesarios para el aprendizaje. La escuela debe establecer un plazo progresivo para la entrega de útiles, no antes de treinta días después del inicio de clases», detalla el portal.
– Atención a estudiantes con discapacidad: Se debe asegurar una educación inclusiva para estudiantes con necesidades educativas especiales, independientemente de si tienen o no una discapacidad. Todos los tratos deben ser en igualdad de condiciones que el resto de los alumnos.
– Prevención del acoso escolar: Los colegios privados están obligados a «implementar medidas para prevenir y abordar casos de acoso escolar, siguiendo los protocolos establecidos por el Minedu«.
– Autorización para operar: Los colegios privados deben obtener permisos de las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local para ofrecer sus servicios educativos.
Lee aquí:
Consejos para un verano saludable