26 de abril de 2026

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Requisitos para que viudas y huérfanos de la PNP cobren la devolución del 2%

Requisitos para que viudas y huérfanos de la PNP cobren la devolución del 2%

Fijan alcances de derecho de Montepío

La reciente victoria jurídica ante el Tribunal Constitucional (TC) no solo beneficia a los titulares en retiro. Una de las aristas más humanas y significativas de la devolución del diferencial del 2% (decretos 090-96, 073-97 y 011-99) es su carácter heredable. Las viudas, huérfanos y ascendientes que hoy perciben una pensión de sobrevivencia tienen el mismo derecho de prelación que el titular original para cobrar esta deuda histórica.

Si usted es beneficiario de Montepío, esta es la guía detallada de los requisitos y condiciones para asegurar que el pago —que incluye capital e intereses— llegue a sus manos sin recortes.

  1. Un derecho que permanece en la familia

El fallo del TC (Expediente 0019-2017-PC/TC) es integral. Esto significa que si el titular falleció durante el periodo de la deuda (2002-2015) o después de este sin haber cobrado, el monto acumulado pasa automáticamente a sus herederos legales.

La justicia ha determinado que este pago es una reparación por el tiempo transcurrido, y como tal, forma parte del patrimonio que el efectivo policial o militar dejó para el sustento de su hogar.

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  1. Requisitos indispensables para el cobro

Para que la División de Pensiones (DIVPEN) procese el pago de forma automática cuando se habiliten las partidas, el beneficiario de Montepío debe cumplir con tres condiciones básicas:

Expediente de Supervivencia Actualizado: Es el requisito de oro. Debe verificar que sus datos y fe de vida estén al día en la base de datos de la DIRPEN. Si el sistema no detecta su supervivencia actualizada, el pago podría quedar «en suspenso».

Resolución de Pensión de Sobreviviente: Contar con el documento que la acredita como viuda o huérfano(a) bajo el régimen del D.L. 19846.

Cuenta de Ahorros Activa: Asegurarse de que la cuenta donde recibe mensualmente su pensión de Montepío esté hábil para recibir depósitos de mayor cuantía (devengados e intereses).

  1. ¡Atención! El rubro de los Intereses Legales

Para las viudas y huérfanos, el cobro de los intereses legales (tasa BCR) es vital. Al haber pasado más de 20 años desde que se generó la deuda, el interés acumulado puede representar hasta un 50% adicional sobre el capital.

Al momento de recibir su liquidación, verifique que aparezca el rubro «Intereses Legales». Si el Estado intenta pagarle solo el capital neto, estaría vulnerando el mandato del TC que exige un pago completo y actualizado.

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