Retribución congresal

por | Abr 3, 2019 | Opinión

Antero Flores-Araoz

Últimamente, con ribete de escándalo, que pudo ser evitado, se conoció que algunos parlamentarios, estando en viaje internacional autorizado por el Congreso, habían recibido simultáneamente una asignación para ser usada en la llamada semana de representación mensual a que están obligados por mandato del Reglamento del Congreso con carácter de ley.

De existir auditoría interna eficiente en el Congreso, no habría sucedido ningún escándalo, pues siendo fácilmente detectable la percepción de dicha asignación retributiva mientras el parlamentario estuvo en el exterior, bastaba que se le descontase de su siguiente remuneración mensual y asunto terminado.

Como hemos advertido en medios, el tema originó dimes y diretes, así como acusaciones cruzadas entre varios de nuestros supuestos padres de la patria y que han llevado a las autoridades del Parlamento como también a interesados en el tema, a cuestionar el sistema remunerativo aplicable a los congresistas.

A través de los tiempos el sistema remunerativo congresal ha tenido diversas variables.  En sus inicios se trataba de “emolumentos”, estos eran como las “dietas” a los concejales y regidores por su asistencia a las sesiones de Concejo Municipal, sistema que también se aplicó en los directorios de las empresas hasta que se permitió tributariamente cambiarlo por un porcentaje de las utilidades.

En el siglo pasado las tareas parlamentarias se hicieron permanentes, a tiempo completo y con diversas incompatibilidades, con sesiones en el Pleno y también en comisiones, y se tuvo  en claro que la función parlamentaria no era solo legislativa y de control político sino también fiscalizadora y de representación.

Todo ello hizo necesario que la retribución por la labor de los parlamentarios tuviese el carácter de “sueldo” con sus implicancias en la tributación y en la seguridad social, pues su sola percepción obligaba al pago del Impuesto a la Renta a cargo de los parlamentarios, a las cotizaciones del Estado a EsSalud  y a los aportes de los congresistas a los fondos pensionarios.

Hubo una época en qué a los congresistas se les pagaba gastos de representación mensual con límite máximo previamente establecido, y de los que había que rendir cuentas documentadas en un buen porcentaje de ellos. Como quiera que la asignación para gastos de representación se prestó para infinidad de corruptelas a través de simulaciones, faltas y hasta delitos, el Congreso se vio precisado al cambio, sustituyendo los gastos de representación por una asignación retributiva por función parlamentaria en adición al sueldo, simulando dos conceptos diferentes como si no se tratase de la misma cosa.

Para hacer todavía más complicado el asunto, se dispuso la famosa semana de representación, por la que se entregaba la asignación remunerativa, y por ende sin rendición de cuentas, que en la práctica es parte del sueldo, ya que por su percepción se sufraga el Impuesto a la Renta.

Todo este zafarrancho merece ser arreglado, sincerando las cosas y teniendo presente que los congresistas, desde que postulan al cargo, sobre todos los de provincias, conocen que tienen la obligación de representación y conexión con sus pueblos, motivo por lo cual no deberían tener retribución complementaria para cumplir con sus obligaciones.


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