Sancionarán a jueces por programar juicio dentro de 15 años

Acusados cometieron tocamientos indebidos y violación en el 2022

por | Jul 26, 2024 | Actualidad, Titulares

Acusados cometieron tocamientos indebidos y violación en el 2022

La presidencia del Poder Judicial de San Martín demandó a la instancia judicial encargada de investigar las inconductas funcionales de los magistrados, el inicio de acciones disciplinarias contra los jueces que programaron un juicio oral para dentro de 15 años, en este caso para el 2037, para dos acusados de tocamientos indebidos y violación sexual contra dos menores en Tarapoto.

El pedido fue hecho por la Corte Superior de Justicia de San Martín luego de rectificar una decisión controversial de los jueces Marco Antonio Tipiani Valera, Carlos Vásquez Torres y Amstrom Delgado Huamán, del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Tarapoto, quienes programaron un juicio para el año 2037, contra dos pedófilos acusados de realizar tocamientos indebidos a dos niños en el 2022.

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Los magistrados justificaron su decisión debido a una “excesiva carga procedente de Tarapoto, Lamas, El Dorado y Picota, Alto Amazonas – Yurimaguas, Nueva Cajamarca, Rioja y Moyobamba”.

La CSJ San Martín expresó textualmente: «No compartimos la conducta de los señores jueces especializados titulares integrantes de dicho Juzgado, de programar el juicio oral […] para el año 2037; por lo que, de acuerdo con el ordenamiento legal, se ha comunicado al Órgano de Control Disciplinario, inicie las acciones disciplinarias que corresponden por el comportamiento de dichos jueces».

 Jueces acatan reprimenda

Luego de la severa rectificación de la CSJ San Martín, los jueces aludidos reprogramaron el inicio de este juicio oral para el cinco de diciembre del 2024, a las ocho de la mañana, con el fin de “reparar en algo el grave daño ocasionado a las víctimas, a los acusados y a la sociedad”.

La Corte de San Martín pidió disculpas ante la opinión pública: “Dejamos expresa constancia que la Presidencia de la Corte no programa las fechas de los juicios orales. Estos son actos procesales de responsabilidad de los propios jueces y, eventualmente, pueden ser cuestionados por los abogados de las víctimas, de los acusados y por el Ministerio Público».


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