Excluye a Perú Primero de elecciones por sentencia por corrupción
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró improcedente la fórmula presidencial del partido político Perú Primero, encabezada por Mario Vizcarra, hermano del sentenciado expresidente Martín Vizcarra. El motivo es porque tres ciudadanos presentaron tres tachas solicitando excluir a Vizcarra de las Elecciones 2026 porque consignó en su hoja de vida una sentencia por peculado en 2005.
Los tres ciudadanos sostuvieron sus tachas en el literal j) del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), que prohíbe a una persona a ser candidato presidencial si cuenta con una sentencia por peculado, incluso si ha sido rehabilitada y cumplido su condena, tal como es el caso de Mario Vizcarra.
Asimismo, indicaron que, anteriormente, el Tribunal Constitucional (TC) no emitió una decisión sobre los sentenciados por peculado y que el impedimento es permanente. Además, agregaron que el TC nunca declaró inconstitucional la Ley 30717 que hoy deja fuera de los comicios electorales a Vizcarra debido a que, en su momento, no se alcanzaron los 5 votos necesarios.
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El JEE de Lima Centro 1 tomó la decisión luego de que el JEE de Lima Centro 2 declaró inadmisible la candidatura de Vizcarra al Senado por la misma razón: tener una sentencia en su contra en su pasado.
Por si fuera poco, la presidenta del TC, Luz Pacheco, declaró que Vizcarra sí cuenta con impedimentos para postular en las Elecciones por su sentencia en su contra. «El colegiado anterior por mayoría determinó que las personas que han sido condenadas por este tipo de delito, aunque sean rehabilitadas, no pueden participar», explicó.
Es preciso resaltar que Perú Primero podrá apelar la decisión ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), quien actúa como segunda y definitiva instancia en temas electorales.
En primer lugar, el JEE recalcó que la presentación de las tres tachas contra Vizcarra no constituye una vulneración de su derecho a la participación política porque existen limitaciones razonables, necesarias y proporcionales.
Asimismo, indicó que el objetivo de inhabilitar de modo permanente a las personas que han incurrido en el delito de peculado «consiste fundamentalmente en procurar que la administración pública esté compuesta por personas probas e idóneas».
De igual manera, el JEE recordó que el TC no declaró inconstitucional la Ley 30717 y que, en 2022, si bien el máximo intérprete de la Constitución se pronunció sobre la norma, solo se hizo referencia a los condenados por terrorismo y apología del terrorismo. Precisamente, el partido político Perú Primero se sostenía de este argumento para que las tachas sean declaradas infundadas; sin embargo, no fue así.
«Este Colegiado, observando lo expresamente dispuesto en la normativa constitucional, legal y reglamentaria, considera que los fundamentos en que se sustentan las tachas, obedecen a la infracción de requisitos de la fórmula o de candidatura previstos en la LOE, y en los demás requisitos legales y constitucionales; por lo que, las tachas presentadas se encuentran acordes con el impedimento regulado en la LOE», se lee en la resolución.
Mario Vizcarra no tardó en cuestionar la decisión del JEE que, por ahora, lo deja fuera de las Elecciones 2026. En ese sentido, en su cuenta de X, Vizcarra definió el fallo como «inaudito» y que «confía» en que el JNE revierta su situación.




