RATIFICAN ILEGALIDAD DE SU PARTIDO Y ORDENAN CIERRE DE SUS LOCALES PARTIDARIOS
Por unanimidad, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema rechazó la apelación interpuesta por el partido vinculado a Antauro Humala y confirmó en todos sus extremos el fallo de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, por lo que ratificó la ilegalidad de la organización política Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O).
Como parte de las acciones, el tribunal en primera instancia también había ordenado la cancelación de su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el cierre de todos sus locales partidarios una vez que la decisión quede firme.
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El recurso de apelación presentado por la defensa de A.N.T.A.U.R.O. argumentaba que la sentencia inicial carecía de fundamentos suficientes para declarar la ilegalidad de la organización. Sin embargo, el tribunal consideró que los argumentos expuestos no eran válidos y que la decisión de la instancia anterior cumplía con los requisitos legales y constitucionales necesarios. En ese sentido, también se declaró improcedente el pedido de la fiscalía para que los directivos de la organización sean inhabilitados.
Aunque la defensa del partido asegura que Humala es un simple militante, para los magistrados está demostrado su liderazgo. Además, que algunos dirigentes de la agrupación presenciaron los discursos antidemocráticos del condenado por el Andahuaylazo sin expresar disconformidad, a pesar de su manifiesta colisión con los derechos fundamentales reconocidos y amparados en la Constitución.
La sala señaló que “las declaraciones verbales, escritos de los órganos del partido, sus dirigentes o líderes vinculan necesariamente al partido político del cual son miembros. Y si no consta una manifestación de rechazo frente a discursos y actuaciones que vulneran la democracia, corren peligro los derechos fundamentales de toda o parte de la población”.
En ese sentido, destacaron que prohibir la violencia como método político o propuesta ideológica no solo tiene respaldo constitucional, sino que también se sustenta en el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En la resolución resaltaron que el rol de los partidos políticos en una democracia no solo consiste en participar en los procesos electorales para acceder al gobierno y conducir el Estado, sino en actuar en el marco de los principios y valores democráticos.
Algunas de las declaraciones cuestionadas incluyen elde que fomentará la salida del Perú de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también llamada Pacto de San José de Costa Rica para “fusilar a expresidentes”.
“Vamos a salir porque tenemos que fusilar a expresidentes en el Perú, moralizar a la sociedad. Antes de defender los derechos humanos de Pedro Pablo Kuczynski, Alejandro Toledo, Ollanta Humala (su hermano), yo prefiero defender los derechos humanos del pueblo peruano, los principales damnificados”, declaró.
Con la confirmación, Humala no podrá ser candidato presidencial con su partido en las elecciones del 2026, pues queda fuera de plazo para afiliarse a otro a fin de tentar la presidencia o vicepresidencia de la República. Tampoco podrá postular a gobernador o alcalde en las elecciones regionales y municipales.