Quienes laboren en los feriados de Semana Santa tendrán la oportunidad de recibir una remuneración extra
Durante Semana Santa, desde el jueves 28 de marzo hasta el domingo 31, trabajarán durante estos días festivos, y para ellos se aplican ciertas disposiciones respecto al pago por su labor.
El abogado laboralista César Puntriano explica que, para los trabajadores bajo planilla del sector privado que trabajen el jueves y viernes santos, la ley establece que les corresponde un pago doble por cada día trabajado. Es decir, recibirán su salario habitual por el día laborado, más un monto adicional equivalente a su salario diario.
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Por ejemplo, si un trabajador gana S/1500 mensuales, su sueldo diario sería de S/50 (dividido entre 30 días). Si trabaja el jueves santo, recibiría S/50 por ese día más un sobrepago adicional de S/50, totalizando S/100. Lo mismo ocurriría si trabaja el viernes santo.
El calendario de pagos por feriados trabajados puede variar según el empleador. En algunas empresas, los pagos se efectuarían a fin de mes, en quincena o en el mes siguiente, dependiendo de cuándo cierre la planilla.
Pago de Semana Santa para el sector público
En el caso de los trabajadores del sector público, la situación es diferente. Debido a restricciones presupuestarias, no se suelen otorgar pagos adicionales por trabajar en días feriados. En su lugar, es posible que se les otorgue un día de descanso compensatorio en otra fecha.
Para los trabajadores que no están sujetos a un horario fijo, como altos cargos directivos o aquellos que trabajan bajo la modalidad de recibo por honorarios, también les corresponde el pago doble por feriado si trabajan durante Semana Santa.