Sunat: Inició el vencimiento para la Declaración del Impuesto a la Renta

Entérate aquí quiénes deben declarar, cuál es el cronograma para presentar la declaración ante la Sunat y cómo hacerlo.

por | Mar 25, 2022 | Economía

Entérate aquí quiénes deben declarar, cuál es el cronograma para presentar la declaración ante la Sunat y cómo hacerlo.

Desde hoy 25 de marzo inicia el cronograma de vencimientos para presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021. Así lo informó, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

En total esta declaración debe ser presentada por más de un millón 200 mil contribuyentes. Lo que incluye a personas naturales y empresas que hayan generado rentas el año anterior.

Por el momento, hasta ayer miércoles 23 de marzo, la Sunat estimaba que ya se habían presentado 471,875 declaraciones. De ese total 64% corresponden a personas naturales y el 36% a empresas.

Este es el cronograma de vencimientos que se extiende hasta el 08 de abril, dependiendo del número en que termine tu RUC:

En 0 la última fecha para declarar es el 25 de marzo de 2021

En 1 la fecha límite para declarar es el 28 de marzo de 2021

En 2 el último día para declarar es el 29 de marzo de 2021

En 3 el día límite para declarar es el 30 de marzo de 2021

En 4 la última fecha para declarar es el 31 de marzo de 2021

En 5 el último día para declarar es el 1 de abril de 2021

En 6 la última fecha para declarar es el 4 de abril de 2021

En 7 la última fecha para declarar es el 5 de abril de 2021

En 8 la última fecha para declarar es el 6 de abril de 2021

En 9 la fecha límite para declarar es el 7 de abril de 2021

Pero, para los buenos contribuyentes y aquellos que no están obligados a inscribirse en el RUC la última fecha para declarar será el próximo 8 de abril de 2021.

¿Quiénes deben declarar?

La Sunat precisa que deben presentar la Declaración Anual de Renta 2021 las personas que percibieron rentas de cuarta categoría. Es decir, que son trabajadores independientes.

También, aquellos que hayan recibido rentas de cuarta categoría y al mismo tiempo sean empleados en planilla (quinta categoría). Así como aquellos que adicionalmente tuvieron ingresos de fuente extranjera o dedujeron gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento.

Respecto a las empresas, deberán declarar todas las que hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT).

¿Cómo hacer la declaración?

Para realizar la presentación ante la Sunat las personas pueden ingresar a la APP Personas o la plataforma web SUNAT Virtual completando el Formulario Virtual N.° 709.

Según la Sunat, este es un procedimiento sencillo, debido a que la información de los ingresos, retenciones y deducciones se encuentra prellenada. Solo debe ser confirmada por el contribuyente.

«En ese mismo momento puede pagar la deuda correspondiente, con cualquier tarjeta de debido o crédito; aplazarla o fraccionarla, si no dispone en esos momentos de los recursos para cancelarla; o solicitar la devolución, en caso el contribuyente tenga saldo a su favor», indican.

Por su parte, las empresas deberán usar el Formulario Virtual N.° 710, el cual contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto. Del mismo modo, el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) pagado, que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.


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