TC dejaría sin piso a golpistas de la JNJ

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Pedro Hernández dejó al voto la demanda competencial del Ministerio Público contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por un presunto menoscabo de sus competencias constitucionales.

Se sabe que ya se contaría con los cinco votos para declarar fundada la demanda de Patricia Benavides y anule los procesos iniciados contra Benavides, lo que abriría el camino para que se deje sin efecto su suspensión y así regrese a liderar la Fiscalía.

La demanda corresponde al expediente N° 00004-2023-PCC/TC en el que la fiscalía alega que la JNJ ha ejercido su potestad sancionadora de manera indebida y afectando el principio de separación de poderes.

En representación de la parte demandante participó el abogado Aníbal Quiroga y por la parte demandada, expuso el abogado Samuel Abad Yupanqui. Durante la audiencia, Hernández Chávez formuló una serie de preguntas y dejó al voto la causa.

La audiencia se llevó a cabo a raíz de la demanda competencial presentada por la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides, quien buscaba anular las investigaciones en su contra por parte de la JNJ.

En la demanda, la fiscalía pide que se declare a la Junta Nacional de Justicia con carencia para cuestionar o revisar los actos de administración interna y actos de gestión dispuestos por Benavides Vargas.

Según la Fiscalía, la JNJ estaría aplicando de manera indebida las facultades que le confiere la Constitución, por haber abierto una investigación preliminar contra la suspendida fiscal    Patricia Benavides por haber realizado cambios presuntamente irregulares en la conformación del Equipo Especial Cuellos Blancos.

Además, la JNJ busca investigar la remoción de la fiscal Bersabeth Revilla, quien se encontraba investigando a Enma y Rosa Benavides Vargas, hermanas de la entonces fiscal de la Nación.

Aníbal Quiroga, abogado del Ministerio Público, sostuvo lo que se discute es que, si la JNJ tiene o no tiene las competencias, para a través de sus procesos disciplinarios, fiscalizar labores de gestión o administración.

“El Tribunal tendrá que determinar si las labores de fiscalización alcanzan a la actividad del presidente del Ministerio Público o Poder Judicial o solo son las labores jurisdiccionales del fiscal Supremo o juez Supremo”, agregó.


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