23 de marzo de 2026

|

Lima: Cargando...

TC pone en su sitio a rojos de la Corte IDH y respalda a FFAA y PNP

TC pone en su sitio a rojos de la Corte IDH y respalda a FFAA y PNP

Luz Pacheco señala que jueces deben acatar fallos del Tribunal Constitucional, aunque no les gusten

 

La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, defendió la vigencia de la Ley 32107, que establece que los delitos de lesa humanidad solo podrán aplicarse desde el año 2002 y cuya constitucionalidad fue confirmada por el propio TC.

La presidenta del tribunal citó el artículo VII del Nuevo Código Procesal Constitucional, que prohíbe a los jueces peruanos dejar de aplicar una ley cuya constitucionalidad haya sido ratificada en un proceso de inconstitucionalidad.

“La constitucionalidad de esa norma queda convalidada, a través de esa sentencia. Y el artículo VII de ese mismo Código establece que los jueces no pueden dejar de aplicar una norma cuya constitucionalidad haya sido confirmada en un proceso de inconstitucionalidad”, manifestó.

Cabe señalar que el TC respaldó la norma aprobada por el Congreso para poner fin a la persecución contra militares y policías que defendieron al país del terrorismo y que fueron procesados por delitos de lesa humanidad, en momentos se está tipificación no estaba vigente en el Perú.

La magistrada recordó que a lo largo del año se registraron casos con amplia repercusión mediática, como el denominado “Caso Cócteles”, en los que se aplicó este razonamiento jurídico. Según explicó, el sustento principal ha sido que nadie puede ser juzgado ni condenado retroactivamente por conductas que no estaban tipificadas como delito cuando ocurrieron.

También abordó el tema del control de convencionalidad, refiriéndose a la relación entre las sentencias de tribunales internacionales y el ordenamiento constitucional peruano. Señaló que, si la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emite una resolución contraria a la Constitución, los jueces peruanos no estarían obligados a acatar dicho mandato. “Considero que no estamos obligados a someternos a este mandato porque no tiene legitimidad”, explicó.

Pacheco sustentó su posición en el artículo VIII del Nuevo Código Procesal Constitucional, modificado por el Congreso mediante la Ley 32153. Este artículo establece que, en caso de contradicción entre una norma internacional y una constitucional, los jueces deben optar por la que más favorezca a la persona y sus derechos humanos.

“Lo que he querido enfatizar es la responsabilidad que tenemos los jueces cuando nos encontramos ante una sentencia de un organismo internacional. Lo que interesa no es tanto qué tribunal lo dice, sino qué es lo que manda. Si lo que manda es contrario a la Convención Americana o a la Constitución, ya pierde legitimidad y, por tanto, no tendríamos por qué obedecerla”, afirmó.

 

LA LEY

Por su parte, el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, respaldó la posición expresada por Luz Pacheco y sostuvo que la Ley 32107 debe ser aplicada obligatoriamente por el Poder Judicial. Según indicó, se trata de una norma aprobada por el Parlamento, promulgada por el Ejecutivo y declarada constitucional por el Tribunal Constitucional, por lo que ninguna resolución internacional puede situarse por encima de la Constitución.

Rospigliosi anunció que desde la próxima semana el Poder Judicial verá casos en los que militares y policías han solicitado la aplicación de esta ley. En ese contexto, advirtió que cualquier magistrado que se niegue a cumplirla incurriría en prevaricato y deberá ser sancionado por las instancias correspondientes.

“La señora Luz Pacheco ha reiterado lo evidente: que la ley de lesa humanidad debe cumplirse. Ha sido aprobada por el Congreso, promulgada por el Ejecutivo y declarada constitucional por el TC. No hay ninguna norma internacional que esté por encima de la Constitución”, sostuvo el titular del Parlamento.

Finalmente, advirtió que los jueces que no apliquen la norma serán denunciados penalmente y sancionados por la Junta Nacional de Justicia y la Oficina de Control de la Magistratura. “Si algún magistrado no aplica una ley perfectamente constitucional, deberá ser sancionado de inmediato”, enfatizó.

 

Scroll al inicio