22 de julio de 2026

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Trabajadores CAS recibirán gratificaciones y CTS de forma gradual hasta 2030

La norma también fija las condiciones para acceder a las gratificaciones de julio y diciembre

El Gobierno oficializó este martes el reglamento que permitirá la implementación de las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, así como de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los trabajadores del régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).

La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N.º 142-2026-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, donde se dispone que ambos beneficios se otorgarán de forma gradual hasta alcanzar el equivalente a una remuneración mensual en el año 2030.

Según la norma, durante el 2026 los trabajadores CAS recibirán el 10 % de su remuneración mensual por concepto de gratificación y CTS. Este porcentaje aumentará al 20 % en 2027, 30 % en 2028, 50 % en 2029 y llegará al 100 % a partir del 2030.

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El Ejecutivo señaló que esta implementación progresiva busca garantizar el equilibrio fiscal y la sostenibilidad del presupuesto público.

Respecto a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, el reglamento establece que podrán acceder al beneficio los trabajadores que se encuentren en servicio efectivo, de vacaciones o con licencia con goce de haber al momento del pago.

Asimismo, reconoce el derecho a recibir gratificaciones proporcionales cuando el vínculo laboral concluya antes de las fechas de pago, de acuerdo con el tiempo efectivamente laborado y el porcentaje vigente para cada año.

La norma también precisa que las gratificaciones no tienen carácter remunerativo ni pensionable y que no servirán como base para calcular otros beneficios, bonificaciones o pensiones.

«Las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad no tienen naturaleza remunerativa ni pensionable y no constituyen base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión», señala el decreto.

En cuanto a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), el reglamento dispone que este beneficio será entregado únicamente al término de la relación laboral con la entidad pública, siempre que el vínculo contractual haya finalizado después de la entrada en vigencia de la Ley N.º 32563.

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