El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Ley 32330 tras una demanda de la Defensoría del Pueblo, respaldada por el Poder Judicial y el Ministerio Público, por vulnerar estándares de justicia juvenil.
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar inconstitucional la Ley N.° 32330, norma que habilitaba el procesamiento penal como adultos de adolescentes de 16 y 17 años acusados de delitos graves. La sentencia deja sin efecto la aplicación de esta disposición en el sistema de justicia peruano.
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La decisión se adoptó tras evaluar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo, a la que posteriormente se adhirieron el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras instituciones vinculadas al sistema de justicia.
Argumentos contra la Ley 32330
En su fallo, el TC concluyó que la Ley 32330 vulneraba principios constitucionales y compromisos internacionales del Estado peruano en materia de protección de adolescentes en conflicto con la ley penal.
El tribunal señaló que la normativa desconocía el enfoque diferenciado de justicia juvenil y podía afectar garantías procesales reconocidas para menores de edad, así como el principio de especialidad en su tratamiento penal.
¿Qué ocurre ahora tras la sentencia del TC?
Con la declaración de inconstitucionalidad, los procesos iniciados bajo los alcances de la Ley 32330 deberán adecuarse al marco legal vigente previo a su aprobación, que establece un régimen penal especial para adolescentes.
El pronunciamiento del Tribunal Constitucional sienta un precedente sobre los límites del legislador en materia de política criminal vinculada a menores de edad.





