Triunfo de estatales, policías y miembros de las FF.AA.

Gobierno anuncia beneficios salariales y bonos

Gobierno anuncia beneficios salariales y bonos

El presupuesto del 2019 plantearía el ingreso de miles de trabajadores del sector salud y educación a la Ley del Servicio Civil que le permitirían gozar de la compensación de tiempo de servicios y dos gratificaciones en julio y diciembre, todos equivalente a un sueldo.

“El aumento principal que se le está dando al gasto corriente, más de cuatro mil millones, tiene que ver con la categoría genérica de personal y obligaciones sociales. Esto, en buena cuenta, es la política remunerativa que está implantando el gobierno del presidente Vizcarra, principalmente en los sectores de Educación, Salud y también a través de la implementación del régimen del Servicio Civil. Entonces, solamente en personal se está aumentando en más de cuatro mil millones de soles el presupuesto”, dijo el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva en su presentación ante el Pleno del Congreso, cuya transcripción tuvo acceso LA RAZON.

El presupuesto del próximo año ha previsto un total de S/ 772 millones para mejorar las remuneraciones a más de 133 mil trabajadores del sector en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de Salud.

Comprende al personal profesional y técnicos asistenciales del Minsa; pero se excluye a EsSalud y el SIS. A nivel desagregado, los S/ 772 millones financian incrementos remunerativos, pago de CTS, luto, sepelio, bono de desempeño y la sostenibilidad en el nombramiento del personal.

De otro lado, el presupuesto del próximo año garantiza el pago de una bonificación de 400 soles por escolaridad a trabajadores y pensionistas del Estado, entre ellos las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

Los trabajadores a quienes aplica la medida son funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el Decreto Legislativo 276, Ley 29944 y la Ley 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220 y el personal de la salud al que se refiere el párrafo 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153.

Asimismo, los obreros permanentes y eventuales del sector público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el


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