Uso indebido de beneficios tributarios en importación de celulares

Los casos identificados equivalen a más de 1.5 millones de soles en evasión del Impuesto General a las Ventas (IGV)

por | May 4, 2024 | Actualidad

Los casos identificados equivalen a más de 1.5 millones de soles en evasión del Impuesto General a las Ventas (IGV)

Durante el año 2023, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) confiscó más de 12,000 celulares destinados a la venta en áreas distintas a la Amazonía, con un valor CIF que superaba los 8 millones de soles. Esta acción buscaba evitar eludir el pago indebido de más de 1.5 millones de soles en concepto de Impuesto General a las Ventas (IGV). En lo que va del año actual, ya se han confiscado más de 2,000 dispositivos móviles.

Es importante señalar que la Ley N° 27037 establece la posibilidad de importar mercancías a la región amazónica con el beneficio fiscal de la exención del Impuesto General a las Ventas (IGV), siempre y cuando dichos productos sean comercializados y consumidos exclusivamente dentro de esa área geográfica.

No obstante, en los múltiples operativos de fiscalización llevados a cabo por la Sunat, se ha constatado que muchos de los celulares importados con el beneficio tributario destinado a la región amazónica estaban siendo desviados a otras áreas, como Tumbes, Chiclayo, Salaverry, Paita, Chimbote y Lima, para su comercialización, evadiendo el pago de los impuestos correspondientes. Esta situación representa un aprovechamiento indebido de la exención del IGV, la cual no está vigente en dichas zonas.

Debido a las medidas de supervisión implementadas, la Sunat ha detectado un aumento notable en las importaciones de celulares destinados a la región amazónica, en particular hacia la ciudad de Pucallpa. Este incremento en el volumen de dispositivos importados sugiere que cada residente, incluso menores de edad, podría tener más de dos teléfonos al año, una situación que no concuerda con la realidad observada.

Según lo establecido en la Ley 28008 – Ley de los Delitos Aduaneros, esta actividad se califica como contrabando, lo que conlleva una sanción que podría alcanzar hasta los 8 años de privación de libertad. Sin embargo, en situaciones donde se presenten circunstancias agravantes, esta pena podría aumentar hasta los 12 años de cárcel.

La Sunat seguirá implementando sus estrategias de supervisión en todos los frentes: tierra, aire, mar y ríos. Además, se llevarán a cabo inspecciones adicionales en las empresas encargadas de importar estos bienes, garantizando así un control exhaustivo y completo.

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