Además es “inconstitucional y viola el secreto bancario”, afirma economista Enrique Ghersi
El economista Enrique Ghersi indicó que el Decreto Supremo 430-2020-EF, que establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) tenga acceso a cuantas de ciudadanos con S/10,000 a más, es una forma de espionaje financiero.
La norma “es una forma de espionaje financiero inaceptable en nuestro sistema jurídico”, opinó Ghersi, agregando que esta disposición es “muy onerosa tanto para los bancos como para el pueblo porque favorece a la informalidad”, señaló.
Asimismo, consideró que la norma “es excesivamente reglamentarista y la gente va a huir del sistema bancario”.
En la misma línea, el también abogado indicó que este dispositivo “viola el secreto bancario”, ya que el impuesto a las transacciones financieras, denominado ITF, “permite fiscalizar lo mismo”. También advirtió que, al tratarse de un Decreto Supremo, “no tiene suficiente rango”.
CRIMEN ORGANIZADO
Además, el economista advirtió que esta norma también “pone en peligro la seguridad de las personas porque esa bases de datos eventualmente pueden ser jaqueadas por el crimen organizado”, subrayó.
Sobre la norma también se pronunció el experto en legislación bancaria Rolando Castellares, quien consideró que la información que las entidades financieras han sido obligadas a proporcionar es muy detallada y personalizada del ahorrista.
OTROS RECURSOS
“De este modo, se elimina el secreto bancario respecto a la Sunat, sacrificándolo y eliminando la reserva y privacidad que deben tener estas operaciones pasivas o de ahorro, solo bajo el argumento de facilitar la labor de la Sunat, que bien podría recurrir a otros recursos para cumplir con su función”, afirmó.
Asimismo, advirtió que existe el riesgo “de que estas informaciones privadas puedan trascender a terceros y ello poner en serio peligro el patrimonio y hasta la seguridad y vida de los ahorristas y personas que utilizan a las ESF (entidades financieras), que dejarán de tener la privacidad y reserva de sus operaciones, muchos podrían preferir no utilizar el sistema financiero para realizar sus depósitos”, advirtió.
LA NORMA
Como se recuerda, la norma establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) tendrá acceso a todas las cuentas, movimientos, transacciones, depósitos, números de cuenta y códigos CCI de usuarios, en entidades financieras que tengan montos iguales o mayores a S/ 10,000.
Esta medida, indicada en el reglamento del Decreto Legislativo 1434, se establece como parte de la lucha contra la evasión y elusión.
Estos datos permitirán que la Sunat realice verificaciones y detecte posibles inconsistencias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión tributaria.
Las empresas del sistema financiero deberán brindar esta información, de unas 260 mil cuentas de ciudadanos y empresas, a la Sunat de manera mensual.