Corte Suprema determinó que el presidente sí puede ser investigado por Fiscalía

Declaró infundada la apelación que presentó su defensa

Declaró infundada la apelación que presentó su defensa

El presidente de la República, Pedro Castillo, continuará siendo investigado por la Fiscalía de la Nación durante el ejercicio de sus funciones por la presunta comisión de delitos como organización criminal, tráfico de influencias y colusión agravada, luego de que el Poder Judicial rechazara un recurso presentado por su defensa para anular las investigaciones preparatorias.

A través de su cuenta de Twitter, el PJ detalló que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundada la apelación que interpuso la defensa legal de Castillo Terrones para revocar la resolución que rechazó la tutela de derechos presentada para que el mandatario sea excluido de la investigación preliminar por el caso “Provías Descentralizado-Puente Tarata”.

Según la tesis fiscal, el mandatario encabezaría una presunta organización criminal enquistada en altas esferas de poder con el objetivo de promover licitaciones públicas irregulares. La red también estaría compuesta por la primera dama, Lilia Paredes, y su hermana Yenifer Paredes; así como los exministros Juan Silva (Transportes) y Geiner Alvarado (Vivienda).

La defensa legal del mandatario alegaba que Pedro Castillo solo puede ser acusado por cuatro causales establecidas en el artículo 117 de la Constitución: por traición a la patria, por impedir las elecciones, presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; así como por disolver arbitrariamente el Congreso e impedir el funcionamiento de los organismos electorales.

En su resolución, el tribunal, encabezado por el juez supremo César San Martín, precisó que la obligación constitucional de persecución del delito justifica que «resulta indispensable» realizar las diligencias preliminares para evitar la pérdida de fuentes o pruebas.

“Este límite, sin embargo, debe ser razonable, y, en modo alguno, puede ocasionar la impunidad por impedimentos legales concebidos irrazonablemente”, se lee en el documento.

Afirma que la acusación constitucional y la investigación preparatoria impulsada por el Ministerio Público “si correspondería por la presunta comisión de delitos que comentan altos funcionarios” como Castillo Terrones.

indica que existe una “obligación constitucional de persecución del delito que justifica, pese a ello y, además, a la exigencia del procedimiento parlamentario de acusación constitucional” a pesar de lo que dispone el artículo 117 de la Constitución Política.

Adicionalmente, la sala recalca que si bien antes los fiscales establecieron que un presidente de la República no podía ser investigado en el ejercicio de sus funciones, y tampoco ser sometidos a diligencias preliminares, pues consideran que eso resulta “una discriminación violatoria del principio de derecho de igualdad, desde que lo esencial es si, en todo caso, la nueva regla interpretativa infringe o los artículos 99,100 y 117 de la Constitución”.

No es la primera vez que el PJ rechaza un recurso a favor del presidente. El pasado 7 de noviembre, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró improcedente la tutela de derechos presentada por Pedro Castillo, con la que se buscaba anular la denuncia constitucional presentada por la Fiscalía de la Nación por los presuntos delitos de colusión y crimen organizado.


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