TC se tumba la denuncia contra el Jefe de Estado

Ordena anular proceso por traición a la patria en el congreso

Ordena anular proceso por traición a la patria en el congreso

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de habeas corpus presentada por la defensa del presidente Pedro Castillo y declaró la nulidad de proceso que realiza el Congreso por traición a la patria contra el mandatario en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que preside Lady Camones (Alianza para el Progreso).

Cabe destacar que el informe en contra del jefe de Estado plantea acusar a Castillo por presunta infracción a la Constitución (artículos 32, 54, 110 y 118, en sus numerales 1, 2 y 11), por lo que se recomienda inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública por cinco años, tras mostrarse a favor de otorgar “mar para Bolivia”.

“En el desarrollo de los fundamentos no se efectúa ninguna precisión sobre en qué medida las declaraciones del presidente de la República puedan ser subsumidas en el delito de traición a la patria (…) no se específica en qué medida el desarrollo de una entrevista, en la que el favorecido expresa opiniones oscilantes sobre la materia, puede constituir un acto dirigido a someter a la República a la dominación extranjera o hacer independiente una parte de la misma”, alega el TC sobre el informe final.

Respecto al informe de calificación de la denuncia, el TC indica que no hace referencia a los hechos específicos que, a consideración de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, sustentan la atribución de las infracciones constitucionales y el delito de traición a la patria de Pedro Castillo.

“Este tribunal considera que, incluso en esta etapa del procedimiento de acusación constitucional, resulta indispensable que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales precise de manera prolija cuáles hechos sustentan la procedencia de la denuncia, ya que ello permitirá a los funcionarios denunciados ejercer de forma adecuada su derecho a la defensa”, se alega.

En los fundamentos de voto de los magistrados Gustavo Gutiérrez y Helder Domingo Haro, ambos coinciden en que “la opinión no es un delito” y que hay una afectación de derechos contra el presidente de la República, por emitir “una apreciación política desde su convicción”.

La presidenta de la SAC, Lady Camones, señaló que el fallo no ordena el archivamiento del caso, por lo que se analizará si se retoma el caso, con una motivación más firme, o si se envía el caso al archivo.


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