EsSalud otorga dos beneficios
La gestación y el parto es una de las etapas más importantes de la mujer, pues representa la llegada de un nuevo miembro a la familia. Sin embargo, muchas veces la maternidad puede ocasionar que las madres sientan preocupación respecto a su situación laboral y a los gastos económicos que llegan con el hijo.
Consciente de esta situación, el Seguro Social de Salud (EsSalud) otorga dos beneficios: el subsidio por maternidad y el subsidio por lactancia, dinero al que tienen derecho las gestantes aseguradas para compensar el tiempo que no trabajarán por su licencia de maternidad y monto que se otorga cuando estas dan a luz, respectivamente.
Este se otorga a la madre por un periodo de 98 días. Regularmente, debe iniciar 49 días antes de la fecha probable del parto; sin embargo, la madre podrá decidir la fecha de inicio del descanso, previa autorización de su médico tratante. Asimismo, el subsidio podrá extenderse por 30 días adicionales si se tratara de un caso de parto múltiple o de un menor con discapacidad.
Se puede perder o suspender el beneficio del subsidio en cualquiera de estas situaciones:
- Realizar labor remunerada durante el periodo del subsidio.
- Abandonar o incumplir el tratamiento y las prescripciones médicas.
- Por excepción, las aseguradas agrarias no requieren tener vínculo laboral al momento de la concepción.
Condiciones
Para poder reclamar este subsidio, tendrás que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser asegurada del Seguro Regular +SEGURO de EsSalud o del Seguro Agrario de EsSalud.
- Tener vínculo laboral en el momento de otorgado el dinero (al inicio y durante el periodo del subsidio).
- Contar con tres meses consecutivos de aportes o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inicia el subsidio.
- Tener vínculo laboral en el mes de la concepción.
En el caso de ser asegurada del régimen especial, pescadora o procesadora pesquera artesanal independiente, debes haber pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud.
Si eres asegurada agraria, debes contar con tres meses consecutivos de aportes o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses anteriores al mes en que se inicia el embarazo (concepción).
Solicitar subsidio por maternidad
El trámite del subsidio por maternidad es realizado por el empleador si eres asegurada regular dependiente o trabajadora agraria dependiente. Además, será él quien te dará la compensación y hará el trámite de reembolso con EsSalud.
Este trámite solo lo hará la asegurada titular en el caso de trabajadoras de unidad ejecutora del sector público, agraria independiente, construcción civil, trabajadora del hogar, pescadora y procesadora pesquera artesanal independiente y de régimen especial.
El plazo para presentar la solicitud de subsidio es de 98 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses. En el caso de parto múltiple, el plazo es de 128 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses.
¿Cómo calcular el monto del subsidio?
El cálculo se realiza en función al promedio diario de las remuneraciones de los 12 últimos meses calendarios inmediatamente anteriores al mes en que se inicia la contingencia, multiplicado por el número de días de goce del descanso médico.
Si el total de los meses de afiliación es menor a 12 meses, el promedio se determina en función al tiempo de afiliación del asegurado con la entidad empleadora en la cual se presentó la incapacidad. Si no puedes acceder a este subsidio, quizás debas consultar el Subsidio por Lactancia de EsSalud.
Subsidio por lactancia
Este beneficio lo otorga EsSalud a la madre del hijo recién nacido vivo de un
asegurado titular y tiene como objetivo contribuir al cuidado del menor. El monto que se otorga es de S/ 820, pero, en caso de parto múltiple, este se multiplica por el número de niños nacidos.
Ante el fallecimiento de la madre o abandono del menor, el subsidio por lactancia se entrega al padre o tutor que asume la tutela del menor.
En la actualidad, EsSalud tiene disponible el pago de “Lactancia cero trámites”, que se realiza en 72 horas desde la fecha de nacimiento del niño, quien debe estar registrado en el sistema de registro del certificado de nacido vivo en línea (SRNVL) del Reniec.