Por: Gabriel Bustamante // 328,000 fonavistas esperan criterios de Comisión Ad Hoc

por | Feb 24, 2024 | Opinión

Los que representan a los Fonavistas que conforman la Comisión Ad Hoc Sres Luzuriaga, Milla y Cortez, siguen derramando sus falsas promesas sobre las Devoluciones, y hasta la fecha incumplen con lo ordenado en la Ley 31928 y su Decreto Supremo 280-2023-EF. Esta irresponsabilidad y negligencia afecta a 328,000 Fonavistas, considerados por el Tribunal Constitucional como “beneficiados”. Explicamos al detalle:

  • El 21 de marzo del 2022 el Tribunal Constitucional – TC bajo Expediente 00016-2021-PI/TC sobre una Demanda de Inconstitucionalidad referida al FONAVI, se pronunció, sobre los Fonavistas que se habían beneficiado de forma directa o indirecta: “…resulta constitucionalmente posible la exclusión de aquellas personas que habiendo aportado al Fonavi han recibido algún tipo de beneficio directo o indirecto, derivado de la aplicación de los recursos acumulados en dicho fondo. En conclusión, la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley del Presupuesto del año 2014 cuestionada en autos excluye únicamente, a quienes se hubieran beneficiado directa o indirectamente del Fonavi y no vulnera el principio de irretroactividad de las normas por cuanto su aplicación resulta conforme con la regla establecida en el Artículo 103 de la Constitución”.

Resumen: El TC interpreta que quienes han recibido algún beneficio, por ejemplo, luz, agua, desagüe, alcantarillado, pistas, cercos, veredas o similares, se beneficiaron y por tanto NO les tocaría devolución. Pregunto ¿Y si pagaron dichos beneficios?.

 

  • Los antedichos Sres Luzuriaga, Milla y Cortez declararon en la prensa el 29 de marzo del 2023 que denunciarán al TC ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por excluir a 328,000 Fonavistas que recibieron algún tipo de beneficios. Además decidieron denunciar constitucionalmente a los Magistrados del TC.

Resumen: Puras bravatas y nunca denunciaron. Nosotros hemos solicitado en reiteradas veces el cargo de la denuncia presentada a la CIDH y hasta la fecha ninguna respuesta.

  • Con la Ley 31928 del 11.11.2023 suscrita por la Presidencia de la República y su Reglamento DS 280-2023-EF del 14.12.2023 suscrito por el Ministerio de Economía SE ORDENA A LA COMISIÓN AD HOC establecer Criterios para la devolución a los 328,000 Fonavistas: “Se consideran Fonavistas excluídos del proceso de devolución del Fonavi a aquellos que hayan sido beneficiados con recursos del Fonavi, directa o indirectamente. (OJO) La Comisión Ad Hoc evalúa la condición del Fonavista teniendo en cuenta la jurisprudencia del TC y el marco legal aplicable, para su inclusión o exclusión en el proceso de devolución, de acuerdo a los criterios que establezca la Comisión Ad Hoc”.

Resumen: Pese al tiempo transcurrido la Comisión Ad Hoc NO HA HECHO ABSOLUTAMENTE NADA, es decir no ha establecidos los Criterios.

 

  • La Presidencia de la República, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas ordenan en la Ley y su Reglamento arriba detallados, que la Comisión Ad Hoc del Fonavi trabaje para 328,000 Fonavistas y éstos se zurran, no solo en la autoridad sino con quienes deberían representar. Hace 45 años les descontaron a los trabajadores un % de sus sueldos para el sueño de la casa propia. ¿Por qué siempre el honrado trabajador es el más jodido?


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