PCM ordena a Sunedu derogar prohibición de las clases virtuales

El ente no entregó el Análisis de Impacto Regulatorio a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, lo que implica según la ley, la revocatoria de las resoluciones señaladas por la PCM.

El ente no entregó el Análisis de Impacto Regulatorio a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, lo que implica según la ley, la revocatoria de las resoluciones señaladas por la PCM.

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) ha instruido a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) a derogar, en un plazo de 5 días hábiles, una disposición que prohíbe las clases 100% virtuales en las universidades a partir del periodo académico 2024. La PCM señaló que esta medida «genera variación de los costos de cumplimiento y limita los derechos de las personas».

La decisión de la PCM se basa en que la Sunedu no presentó ante la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR), ni las resoluciones del Consejo Directivo n.° 033-2023 ni la n.° 00006-2024, como lo exige el decreto legislativo n.° 1565.

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Jorge Mori, director del Centro para el Análisis de Políticas Públicas de Educación Superior, explicó que todas las normas estatales deben pasar por calidad regulatoria para evaluar su impacto. Aquellas que no lo hagan, serán derogadas según lo establecido por ley.

La PCM alertó que la Resolución del Consejo Directivo n.° 033-2023 modifica las disposiciones para la prestación del servicio educativo, limitando el porcentaje de la modalidad semipresencial y restringiendo ciertos programas de estudios a la modalidad presencial. Respecto a la Resolución n.° 00006-2024, prohíbe a las universidades ofrecer programas de pregrado con un componente de 100% de virtualidad.

Tras revisar ambas resoluciones, la PCM concluyó que limitan los derechos de las personas y ordenó a la Sunedu derogarlas.


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