Mientras tanto, el ministro de Salud, César Vásquez, negó ser parte de un lobby en contra de los medicamentos genéricos
El Ejecutivo ha emitido un nuevo decreto de urgencia que establece un stock mínimo del 30 % de medicamentos genéricos, en respuesta a la polémica surgida por la no ampliación del anterior decreto N°007-2019, en vigor desde 2019.
Aunque la población peruana espera esta medida, el Ejecutivo aún no ha publicado el listado de los fármacos en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano de ayer, sábado 16 de marzo.
Lee también:
“Mediante Resolución Ministerial del Sector Salud, en un plazo máximo de 10 días hábiles de publicada la presente norma en el diario oficial El Peruano, se aprueba el listado de medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional necesarios para atender las enfermedades que se originen, se transmitan o repercutan en la capacidad de respuesta del paciente, en el contexto extraordinario e imprevisible que sustenta la presente medida; así como los criterios y las demás disposiciones procedimentales”, menciona el documento.
El documento especifica que el Ministerio de Salud deberá aprobar, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación del decreto en El Peruano, el listado de medicamentos esenciales genéricos necesarios para atender diversas enfermedades.
Asimismo, establece sanciones de hasta 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, más de S/ 10 mil, para las farmacias y establecimientos de salud del sector privado que no cumplan con el decreto.
En cuanto a la decisión de no ampliar el anterior decreto de urgencia, el ministro de Salud explicó ante la Comisión de Defensa del Congreso que el decreto anterior no había tenido un impacto significativo debido a la falta de un porcentaje mínimo, lo que permitía cumplir con la norma vendiendo una sola pastilla genérica.