Chávarry y Gálvez tienen 10 días para dar sus descargos

Debe presentarlos ante la Junta Nacional de Justicia

por | Feb 23, 2020 | Política

Debe presentarlos ante la Junta Nacional de Justicia

Los fiscales supremos Pedro Chávarry, Tomás Gálvez y Martín Hurtado, así como el exjuez supremo Aldo Figueroa, tienen un plazo de diez días para presentar por escrito su descargo ante el procedimiento disciplinario iniciado por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Según el reglamento de procesos disciplinarios de la JNJ, en su artículo 73, la resolución que abre procedimiento disciplinario inmediato contiene la identificación de la persona investigada o investigados.

Asimismo, los hechos y cargos que motivan la apertura del procedimiento disciplinario inmediato; y el requerimiento de apersonarse al procedimiento y presentar por escrito su descargo dentro del plazo de diez días.

Como se recuerda, el pasado 20 de febrero, la JNJ dispuso abrir investigación preliminar a los jueces supremos César San Martín Castro y Ángel Henry Romero Díaz y al exjuez supremo Vicente Rodolfo Walde Jáuregui por el Caso Los Cuellos Blancos del Puerto.

Los altos funcionarios del Ministerio Público y Poder Judicial han sido implicados en la investigación que se sigue a la organización criminal compuesta por jueces, fiscales, abogados y empresarios que beneficiaban a sus allegados con plazas en la administración de justicia, a cambio de favores o hasta compensaciones económicas.

Chávarry y Gálvez son dos de los cinco magistrados que forman parte de la Junta de Fiscales Supremos, máximo órgano de gobierno del Ministerio Público. En tanto, Hurtado y Figueroa integran la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema y la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, respectivamente.

Ambos fiscales supremos pidieron en varias oportunidades el retiro de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del equipo especial Lava Jato, que conducen las investigaciones por lavado de activos y corrupción vinculados a las empresas brasileñas Odebrecht, OAS, entre otras.

Según el artículo 72 del reglamento de procedimientos disciplinarios, la sanción llegaría hasta la destitución, si se comprueba una actuación irregular con prueba evidente.


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