En torno a la demanda sobre el cobro retroactivo de impuestos
Este martes 22, el Tribunal Constitucional deberá revisar la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1421, norma mediante la cual la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) pretende ejecutar, retroactivamente, cobranzas de deudas ya extinguidas o que se encuentran en litigio.
Dicha disposición otorga plazos más amplios a la entidad recaudadora para hacer efectivos los cobros, pero – según el criterio de diversos juristas – peca de arbitraria y abiertamente contraria a la Constitución Política del Perú, así como a principios elementales del derecho, cuando establece que también alcanza a imposiciones prescritas (es decir, ya vencidas) antes de setiembre del 2012.
Al respecto, el ex decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima y ex presidente del TC, Víctor García Toma, sostiene que el dispositivo legal “busca extender la aplicación de una nueva regla y justificar el reinicio del cómputo de los plazos prescriptorios que podrían ya haber finalizado, vulnerando notoria y flagrantemente nuestra Carta Magna”.
García Toma alude a resoluciones del Tribunal Fiscal y del mismo TC que fijan los parámetros de la predecibilidad en las acciones de los entes públicos, a fin de garantizar la seguridad jurídica de los contribuyentes. “Por eso – añade – el análisis de la prescripción tributaria debe ser estrictamente legal y prescindir de argumentos que recurren a la capacidad contributiva de los contribuyentes involucrados en los casos materia de discusión; y a los efectos de la interpretación en la recaudación tributaria del país.”
Por su parte, el constitucionalista Natale Amprimo señaló que no se está debatiendo un tema tributario, sino constitucional. “Es respecto al Estado de Derecho, a que las delegaciones de facultades son limitadas en el aspecto formal y a que no hay normas retroactivas. Se ha dictado un DL para meter deudas ya prescritas. La norma anterior no establecía esa secuencia”, sostuvo.
Ambos juristas coincidieron que, con esa disposición complementaria transitoria, se busca que las empresas paguen la ineficiencia de la administración tributaria. “Como la SUNAT perdió ante el propio Tribunal Fiscal, sacaron una nueva norma. O sea, quieren ganar en mesa. Como fallaron el penal y la bola la tiraron a la tribuna, ahora se dispone que los penales que van a la tribuna también son gol, y de manera retroactiva”, explicó Amprimo.
Igualmente, invocaron que no se manipule ni presione al TC con criterios políticos y alusiones a montos gigantescos de supuestas deudas tributarias – inexistentes, según ellos – a fin de sensibilizar a la opinión pública en un periodo tan difícil para la salud y la economía de todos los peruanos. “El peligro no es para unas cuantas empresas. Es para todos los ciudadanos contribuyentes”, enfatizó García Toma.