Tras cambio de nuevo ministro de defensa
La influencia de Antauro Humala en los ascensos del Ejército podría darse tras el nombramiento del nuevo ministro de Defensa, Daniel Barragán, quien el 2021 integró la plancha presidencial del partido Unión por el Perú (UPP) junto con Ildarina Andrade, esposa del etnocacerista.
Así lo alertaron desde el Congreso de la República y el especialista en temas militares, Andrés Gómez de la Torre. Por su parte, los exministros de Defensa, Mariano Gonzales y Jorge Mosco, esperan que no exista irregularidades ni influencia externa en los ascensos.
Desde el Parlamento, el congresista Alfredo Azurín (Somos Perú) ha expresado su preocupación por el presunto favorecimiento que existiría en los ascensos del Ejército a militares que no cumplirían con el perfil para escalar y la influencia de Antauro, a través del nuevo titular del Mindef.
Para Gómez de la Torre el solo hecho de tener a un ministro que haya militado en UPP y vinculado a Antauro da una mala señal sobre lo que se viene en los ascensos en el Ejército.
“Habría que ver la posición del jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (Manuel Gómez de la Torre). El proceso de ascensos estuvo plagado de polémicas el año pasado, por una serie de manoseos y creo que el Gobierno debería cuidarse y ser muy prolijo en los ascensos de este año con personas cuestionadas”, sostuvo el especialista.
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Constitución debatirá proyecto para bloquear a Antauro Humala
La Comisión de Constitución del Congreso debatirá este miércoles, desde las 9:30 a.m., el proyecto de ley que busca que los sentenciados por homicidio y secuestro no puedan postular a la Presidencia, como es el caso de Antauro Humala, quien fue sentenciado por el asesinato de policías en el ‘Andahuaylazo’.
Recordemos que el legislador Carlos Anderson (no agrupado) presentó la iniciativa que pretende modificar el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones sobre los impedimentos para ser candidatos a la Presidencia o Vicepresidencias.
Según la propuesta de Anderson, no podrán postular los condenados por homicidio en las modalidades de homicidio simple, calificado, feminicidio o violación de la libertad personal en la modalidad de secuestro, incluso cuando hubieran sido rehabilitados.