Cada vez que hay protestas y reclamos sociales que se materializan a través de marchas, manifestaciones y concentraciones, ellas se tratan de justificar diciendo que hay el “derecho a la protesta” y que siendo un derecho la acción policial se traduce en “represión”.
Desde el otro extremo hay personas que niegan la existencia del “derecho a la protesta”, pues no encuentran tal frase con tan rimbombante expresión en la Constitución y que el accionar policial es propio de querubines y arcángeles.
La verdad que ni lo uno ni lo otro, ambos son extremos incompatibles y ajenos a la realidad.
Primeramente, si existe el derecho a la protesta y, si bien es cierto que en la Constitución no se encuentra tal expresión, tenemos que hay los derechos a la libre manifestación de las ideas, a la reunión y a la petición. Si conjugamos o juntamos dichos tres derechos, fácilmente nos estamos refiriendo, en síntesis, al derecho a la protesta, que tiene como requisito que ella sea pacífica y sin armas y, de incumplirse tal requisito, evidentemente se deslegitima.
En lo que se refiere al actuar policial, la verdad histórica es que en tiempos pretéritos en muchas oportunidades la policía reprimió derechos ciudadanos, como por ejemplo durante el gobierno del General Manuel A. Odría con su director de gobierno y posterior ministro de tal cartera, Alejandro Esparza Zañartu de penosa recordación.
El término “reprimir” implica violencia, accionar contra personas que ejercen sus derechos, lo que desde hace muchísimo tiempo no sucede, pues el actuar policial, al igual que el de las Fuerzas Armadas, cuando le prestan apoyo, está ya debidamente normado con legislación sobre el uso de la fuerza, para que no existan abusos y, si ellos se perpetran, para que sus autores sean procesados y de ser el caso sancionados.
Actualmente la Policía no reprime, lo que hace en cumplimiento del artículo 166 de la Constitución es “… garantizar, mantener y restablecer el orden interno… “. Lean bien: RESTABLECER más no REPRIMIR y, para los objetivos constitucionales enunciados, tiene que usar la fuerza de las armas que la Nación le ha confiado.
La Policía, al igual que las Fuerzas Armadas cuando deben apoyarla, tiene que usar la fuerza de sus armas, pues muchísimas veces son agredidos por vándalos y manifestantes agresivos y violentos que se infiltran en protestas legítimas. Vemos con frecuencia como las fuerzas del orden son atacadas, con lamentables bajas y heridos y con destrucción de los vehículos que los transportan e incluso de los locales policiales.
La Policía y los militares, marinos y aviadores, conformantes de las llamadas Fuerzas Armadas, no pueden salir desarmados, pues se les pondrá en situación de desventaja respecto a los revoltosos y vándalos que si tienen armas, tanto convencionales como hechizas, pero además con la facilidad de mimetizarse entre manifestantes legítimos y pacíficos, ejerciendo el factor sorpresa.
Los fiscales y los jueces son los primeros que deben tener presente lo expuesto, a fin de evitar hacerles a los policías y militares en general la vida a cuadritos con procesos interminables, lo que de por si deja de ser justicia.