La SBS amplió los canales para realizar aportes previsionales e incorporó billeteras digitales, aplicativos, cajeros corresponsales y otros mecanismos. La medida alcanza a trabajadores dependientes, independientes, empleadores y terceros.
Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) contarán con nuevas alternativas para realizar sus aportes previsionales. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó las normas de afiliación y aportes para permitir el uso de billeteras digitales, aplicativos digitales, cajeros corresponsales y otros mecanismos de pago.
La disposición fue aprobada mediante la Resolución SBS N.° 02326-2026 y forma parte de las modificaciones impulsadas por la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. De acuerdo con la SBS, el objetivo es facilitar el proceso de pago y recaudación de los aportes y ampliar las alternativas disponibles para los afiliados.
La nueva regulación permite que empleadores, trabajadores dependientes e independientes y terceros puedan utilizar estos canales, siempre que sean ofrecidos por entidades autorizadas y bajo los mecanismos establecidos por las administradoras de fondos.
¿Cómo funcionarán los nuevos aportes digitales?
Las Empresas Administradoras de Fondos (EAF) podrán establecer convenios con instituciones intermediarias para habilitar estos servicios. Entre ellas figuran entidades de servicios de pago, empresas del sistema financiero y compañías autorizadas para brindar servicios complementarios y conexos.
Esto significa que los trabajadores independientes, por ejemplo, podrán contar con opciones digitales para realizar directamente sus aportes voluntarios u obligatorios, siempre que la AFP correspondiente tenga habilitado el canal y exista el convenio respectivo.
La medida no modifica el destino del dinero. Los aportes deben ser correctamente recibidos, validados, transferidos y registrados en la cuenta previsional del afiliado. La regulación establece además mecanismos de trazabilidad y conciliación para seguir el recorrido de los fondos desde el momento del pago hasta su acreditación.
Protección para los fondos y datos personales
La SBS también incorporó obligaciones relacionadas con la seguridad de las operaciones. Las administradoras deberán gestionar los riesgos tecnológicos, operacionales y de ciberseguridad asociados con estos nuevos canales.
Asimismo, las instituciones participantes deberán garantizar la integridad de los recursos y la correcta acreditación de los aportes. La normativa contempla además disposiciones para proteger los datos personales de los afiliados, los cuales no podrán ser utilizados sin autorización expresa, salvo las excepciones previstas por la legislación vigente.
Según información difundida por la SBS, la modificación busca adecuar el sistema previsional al uso creciente de herramientas digitales y facilitar que más personas puedan realizar aportes para su jubilación.
La nueva modalidad entrará en funcionamiento conforme a la vigencia de la resolución y a la implementación que realicen las administradoras y las instituciones intermediarias que suscriban los convenios correspondientes.




