Se realizará hasta el 2 de enero de 2024
Hasta el 2 de enero de 2024 se realizó la extensión excepcional de la temporada de pesca del camarón de río en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes, según lo establecido por el Ministerio de la Producción (Produce).
La decisión fue anunciada mediante la Resolución Ministerial Nº 00430-2023-PRODUCE, la cual fue divulgada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el martes pasado.
La normativa indica que desde la medianoche del 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2024, queda vedada la extracción, procesamiento, almacenamiento, comercialización, transporte y utilización del recurso mencionado.
Posteriormente, a partir del 1 de abril hasta el 19 de diciembre del mismo año, se restablecerá la temporada de pesca para las especies nativas del camarón de río Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp. Sin embargo, se prohíbe la extracción de estas especies desde el 20 de diciembre hasta el 31 de marzo del año siguiente, conforme a lo estipulado en la Resolución Ministerial N° 312-2006-PRODUCE.
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La parte considerativa de la normativa publicada hoy especifica que, según un informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), existe evidencia acerca de «un ligero cambio en el patrón de maduración del camarón en el río Majes-Camaná, estimándose la ocurrencia de lo mismo en otros ríos de ámbitos regionales próximos».
Se sugiere que la etapa de mayor actividad reproductiva del recurso ocurrirá a partir de enero de 2024. Por lo tanto, se recomienda extender el inicio de la veda reproductiva del camarón de río, manteniendo la fecha de conclusión establecida para el 31 de marzo.