Se zurra en la ley y desconoce disposiciones de la JNJ
VALERIA PONCE
El 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) juramentó a 72 nuevos jueces en distintas cortes del país. De ese total, 8 fueron destinados a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE), la sala que investiga los casos más graves de corrupción y crimen organizado en el Perú.
Al acto asistieron el juez supremo Víctor Prado, presidente encargado del Poder Judicial, y la titular de la JNJ, María Teresa Cabrera. La idea era reducir la provisionalidad y que los cargos clave fueran ocupados por jueces elegidos por mérito. Con esta incorporación, la Corte alcanzaba el número mínimo de jueces titulares, dos tercios, que la ley exige para que ella misma pueda elegir a su presidente.
Todo cambió cuatro días después. El 22 de junio, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que dirige el propio Víctor Prado, se reunió y emitió varias resoluciones que cambiaron el rumbo de la Corte. La primera, identificada como Resolución Administrativa N° 000219-2026-CE-PJ, prorrogó «excepcionalmente» hasta el 31 de diciembre de 2026 el mandato de Jhonny Hans Contreras Cuzcano, quien venía ocupando la presidencia de la Corte de forma provisional. El CEPJ le dio más tiempo en el cargo, algo que la norma no contemplaba una vez cubierto el número de jueces titulares.
La segunda resolución, la N° 000223-2026-CE-PJ, fue más allá y dio por terminadas las funciones de siete jueces superiores que venían trabajando en las salas de apelaciones y liquidadoras de la Corte. Los magistrados afectados fueron Javier Sologuren, Víctor Enríquez, Teófilo Neyra, María Guillén, Doris Rodríguez, Luis Cerrón y Máximo Maguiña. Ninguno de ellos tenía denuncias o faltas registradas.
En total, contando otros movimientos relacionados, el CEPJ dejó sin efecto el nombramiento de 10 magistrados que la JNJ había designado apenas días antes. La maniobra no quedó sin respuesta pues el 23 de junio, el propio Contreras Cuzcano, publicó su propio reglamento, cambiando el orden y las presidencias de los tribunales que el CEPJ había fijado un día antes. Esto dejó al descubierto, ante todo el país, la pelea interna que existe en la cúpula del Poder Judicial.
INTROMISIÓN
Cuando una Corte como la CSNJPE alcanza dos tercios de jueces titulares, deja de depender de decisiones externas y gana el derecho a elegir ella misma a su presidente y a organizar sus propias salas. Ese momento ya había llegado el 18 de junio, por eso, que el CEPJ haya decidido por su cuenta extender mandatos y mover jueces es, según especialistas, una intromisión en un terreno que ya no le correspondía.
El abogado penalista Humberto Abanto lo explica de forma directa: «Cuando no hay una razón lógica para un acto, lo más probable es que haya una razón ilógica». Para él, lo sucedido revela que «el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial quiere mantener control sobre una Corte que es sumamente importante, porque se ocupa de los delitos más graves y más trascendentes en el país». Sobre si esto constituye un delito, Abanto prefiere ser cauteloso con el término, pero no con el fondo. «Más que hablar de un delito de usurpación de funciones, que habría que verlo, más bien es un abuso de poder, es un abuso de autoridad, porque es un acto arbitrario […] Es una exhibición de arbitrariedad por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial».
MANIOBRA
Lo que más preocupa a los críticos es la diferencia de trato entre los jueces movidos. Los siete magistrados que perdieron su puesto no tenían quejas ni denuncias en su contra. En cambio, se mantuvo en funciones al juez Octavio César Sahuanay Calsín como presidente provisional de Sala, pese a que ha sido cuestionado en varias oportunidades por el Tribunal Constitucional por dictar prisiones preventivas que luego fueron declaradas inconstitucionales, en casos políticos de alto perfil. Esta diferencia de trato es lo que algunos sectores han calificado como evidencia de favoritismo dentro de la cúpula judicial, identificada por sus críticos con el término «ideología caviar» ya que se protegería a los jueces afines y se castigaría a quienes la JNJ acababa de nombrar por mérito, alterando así el equilibrio que se buscaba lograr con la nueva jura de jueces.
INVESTIGACIÓN
Abanto plantea una ruta concreta de acción. En el plano fiscal, sostiene que «la Fiscalía puede iniciar unas diligencias preliminares de investigación, el fiscal de la Nación es el único que puede hacerlo», con el fin de esclarecer si las resoluciones del CEPJ respondieron a «un error» o a «un acto de mala fe».
En paralelo, recuerda que existe otra vía, más rápida, la disciplinaria. Según explica, el Tribunal Constitucional ya estableció en el caso de Patricia Benavides que la JNJ tiene la facultad de fiscalizar no solo el trabajo jurisdiccional de los jueces y fiscales supremos, sino también su desempeño en funciones administrativas. «Es a quien realmente está desafiando el Consejo Ejecutivo», remarca el penalista, dejando claro que es la JNJ la institución llamada a actuar primero.
Para Abanto, lo ocurrido confirma una urgencia que el país arrastra desde hace años, «Se necesita una reforma judicial muy profunda, y esta reforma judicial debería partir por acabar con la provisionalidad en la Corte Suprema».
El dato es elocuente de los 52 jueces supremos que existen actualmente, solo 15 son titulares. Esa desproporción, advierte el jurista, es precisamente lo que permite que un pequeño grupo de magistrados pueda definir el rumbo de instituciones que deberían responder únicamente a la ley.



