La Fiscalía demostró que Romualdo Paredes Ramos cometió el delito con la excusa de jugar a las cosquillitas.
Un sujeto identificado como Romualdo Paredes Ramos (37) fue condenado, en adelanto de fallo, a catorce años de cárcel y al pago de S/ 5 000.00 de reparación civil por tocar indebidamente a su hijastra cuando vivían en el mismo inmueble.
La sentencia fue lograda por el Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao, tras demostrar ante el Poder Judicial que Paredes Ramos cometió el delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos de menor de edad.
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En el juicio oral, el fiscal adjunto provincial Néstor Alexis Morón Rengifo probó que el 27 de julio de 2022, la niña de 8 años estaba en su habitación cuando su padrastro ingresó y la tocó indebidamente, con la excusa de jugar a las cosquillitas, para lo cual le sacó su pantalón y ropa interior.
Estos hechos ocurrieron cuando la víctima estaba al cuidado del sujeto Romualdo Paredes, porque su mamá estaba trabajando. Además, le provocaron afectación emocional como lo evidencia la evaluación psicológica a la menor.
Para sustentar su tesis fiscal, el representante del Ministerio Público visualizó la entrevista única en cámara Gesell de la niña, interrogó a los testigos y presentó los resultados de las pericias psicológicas y otros documentos probatorios.