En el caso de juicios por alimentos, se podrá retener hasta el 30% del importe desembolsado
Tras un rápido debate, el Pleno del Congreso aprobó la ley que declara intangible los recursos obtenidos del retiro del 25% de las AFP.
Con 128 votos a favor en primera votación y exonerada de la segunda votación, ahora la autógrafa de ley deberá ser enviada al Ejecutivo para la firma del presidente Martín Vizcarra y su promulgación, en un plazo máximo de 15 días.
La nueva norma incluye el artículo número 3 a la ley 31017 el cual quedó redactado: “el retiro de los fondos a los que se refiere la presente ley (retiro del 25% o hasta 12.900 soles) mantienen su condición de intangibles, no pudieron ser embargados, retenidos o cualquier forma de afectación por orden judicial o administrativa”.
No obstante, lo señalado no aplicará a las retenciones judiciales por juicio de alimentos, pues se podrá retener hasta un 30% del monto desembolsado de la AFP.
Asimismo, se aprobó la incorporación de una disposición complementaria final a la Ley 31017, a fin de alcanzar el sentido de intangibilidad a lo dispuesto en el decreto de urgencia 026-2020.
“Este Congreso ha dado una importante ley que debe concretizarse en los próximos días, con la llegada de los fondos liberados”, indicaron en varios de sus participaciones los congresistas de diferentes bancadas.
Cabe indicar que los nueve partidos votaron a favor de la ley. En el caso de Frepap y Unión por el Perú también señalaron que “irán por el retiro de los fondos de la ONP y del Fonavi.