Congreso: plantean propuesta que permitiría retirar hasta S/ 19,800 de la AFP

El nuevo proyecto de ley fue presentado por el congresista Flavio Cruz

por | Oct 25, 2023 | Actualidad, Economía, Titulares

El nuevo proyecto de ley fue presentado por el congresista Flavio Cruz

El congresista Flavio Cruz, miembro de Perú Libre, ha propuesto un reciente proyecto de ley que otorga a los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP) la capacidad de retirar un monto máximo de cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), lo que corresponde a S/ 19.800, de los fondos de pensiones gestionados por las administradoras de fondos de pensiones (AFP).

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La iniciativa tiene como propósito conceder de forma excepcional a todos los afiliados del SPP la posibilidad de retirar los fondos que han acumulado en sus cuentas individuales de capitalización de las AFP, con el fin de proporcionar alivio a las familias afectadas económicamente.

La propuesta legislativa del congresista Cruz se une a los más de 12 proyectos de ley que se están debatiendo en el Congreso de la República y que buscan permitir el séptimo retiro de fondos de las AFP.

En la introducción de la propuesta legislativa, se mencionan la desaceleración económica, los efectos provocados por la pandemia de la Covid-19, el impacto del ciclo Yaku y la inminente llegada del fenómeno El Niño como razones para permitir a los miembros retirar fondos adicionales de sus cuentas en las AFP.

Del mismo modo, se hace referencia a la falta de rentabilidad en los fondos de jubilación de los afiliados de la AFP en contraste con las enormes ganancias obtenidas por las empresas que los administran.

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¿Cuál sería el proceso de reembolso si el proyecto es aprobado?

  • Los afiliados podrán presentar su solicitud, ya sea de forma virtual o presencial, en los 60 días calendario posteriores a la entrada en vigencia del reglamento que permite el retiro extraordinario de los fondos de la AFP.
  • Se efectuarán abonos de hasta 2 UIT cada treinta días calendario, comenzando con el primer desembolso 30 días después de que se presente la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que el afiliado esté afiliado.
  • Si un afiliado decide cancelar su solicitud de retiro, podrá hacerlo solicitando la anulación hasta 10 días antes del próximo desembolso.


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