Recurso legal, de autoría del procurador general del Estado, Daniel Soria, fue interpuesto ante la Corte Superior de Justicia de Lima.
En “defensa de la autonomía en el ejercicio de la defensa jurídica del Estado”, el procurador general, Daniel Soria, presentó una demanda de amparo contra la ley que faculta al Congreso, al Poder Judicial (PJ) y a los organismos constitucionales autónomos a designar a sus propios procuradores sin necesidad de concurso público.
Esta acción fue anunciada hoy martes 13 de junio por la propia Procuraduría General del Estado (PGE) a través de sus redes sociales. Cabe señalar que este recurso ha sido interpuesto ante la Corte Superior de Justicia de Lima seis días después de que el Congreso promulgase la citada norma.
“Procurador General del Estado, Daniel Soria Luján, presentó demanda de amparo contra la Ley 31778, en defensa de la autonomía en el ejercicio de la defensa jurídica del Estado, así como del derecho al acceso a la función pública en condiciones de igualdad”, se lee en el comunicado de la PGE, en el cual también se detalla que la causa será resuelta por la jueza Malbina Saldaña.
La demanda de amparo será resuelta por la jueza Malbina Saldaña del Séptimo Juzgado Constitucional de Lima. pic.twitter.com/Y8metqQ5We
— Procuraduría General del Estado – Perú (@PGE_Peru) June 13, 2023
En una entrevista a El Comercio, Soria indicó que la ley en cuestión quiebra el sistema de defensa jurídica del Estado porque establece procuradores que no serán designados por la PGE a través de un concurso público sino a dedo por el Congreso, el PJ, etc., además de apartar a estos funcionarios de los sistemas de regulación internos que tiene la procuraduría.
Como se recuerda, la Ley 31778 modifica cinco artículos y otras disposiciones complementarias del Decreto Legislativo 1326 a fin de establecer que el Consejo Directivo de la PGE se encargará del proceso de selección de procuradores públicos con excepción del Congreso, el Poder Judicial y otros organismos autónomos.
A su vez, la norma establece que “los procuradores públicos designados estarán sujetos a la evaluación y ratificación por parte de los titulares del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los mencionados organismos constitucionales autónomos, las cuales deberán llevarse a cabo en un plazo no mayor de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la presente ley”.
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