11 de mayo de 2026

|

Lima: Cargando...

Desde hoy, chaleco y casco obligatorio para motociclistas

Desde hoy, chaleco y casco obligatorio para motociclistas

Quienes no cumplan con la norma recibirán una multa de S/428 y podrían sufrir la retención o decomiso del vehículo.

A partir del 22 de mayo de 2025, los motociclistas que circulen en Lima y Callao estarán obligados a llevar un chaleco retrorreflectante. Se mostrará en la parte posterior el número de placa del vehículo, así como a utilizar cascos certificados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). El incumplimiento de esta medida será sancionado con una multa de S/428, además de la posible retención del vehículo.

Esta disposición busca reforzar la seguridad vial y contribuir con la lucha contra la delincuencia, facilitando la identificación de los conductores de motocicletas, especialmente en contextos donde se han incrementado los delitos cometidos desde estos vehículos. Según el MTC, la norma responde a la necesidad de tomar medidas más estrictas en zonas que actualmente se encuentran en estado de emergencia, como Lima y Callao. En otras regiones del país, la medida comenzará a regir desde el 22 de junio.

Lee también:

Osiptel bloqueará más de 190 mil celulares no registrados

La normativa fue establecida mediante la Resolución Directoral N.° 008-2025-MTC/18. Según esta disposición, los chalecos deben ser de material retrorreflectivo y llevar el número de placa en la espalda. Los dígitos deben ser de color negro, con una altura mínima de 6 centímetros y un ancho de 3,5 centímetros. Este número debe estar dentro de un rectángulo blanco que mida 8 centímetros de alto por 25,5 centímetros de ancho.

Por otro lado, el MTC también ha precisado que los cascos autorizados son los de tipo integral, modular, cross y abierto, quedando prohibido el uso de cascos de ciclismo o aquellos que dificulten la visibilidad del rostro del conductor.

Además, se ha creado un registro obligatorio para quienes trabajan en el servicio de entrega rápida, incluyendo a ciudadanos extranjeros. A partir del 17 de mayo, los repartidores deberán inscribirse en el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio de Entrega Rápida. Para ello, deberán presentar su DNI, carné de extranjería o número de RUC.

Quienes no cumplan con esta disposición deberán pagar una multa de S/4,280 (equivalente al 0,8 de una UIT) y podrían perder su vehículo por decomiso.

Scroll al inicio