Conozca los 3 aumentos recibos en 2025
El año 2025 marcó un hito en el régimen de pensiones bajo el Decreto Ley N° 19846, que unifica los sistemas de la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas (FFAA).
En cumplimiento de la Ley de Presupuesto del Sector Público, el Poder Ejecutivo dispuso la aplicación de tres aumentos a las pensiones en retiro y a las de Montepío (beneficiarios por sobrevivencia).
Estos reajustes se efectuaron de manera progresiva, con el mismo monto en cada tramo:
Primer Reajuste: Enero de 2025 (D.S. N° 004-2025-EF)
Segundo Reajuste: Julio de 2025 (D.S. N° 147-2025-EF)
Tercer Reajuste: Diciembre de 2025 (D.S. N° 278-2025-EF)
El resultado es un impacto acumulado significativo en los ingresos anuales de los pensionistas.
El monto del aumento individual por tramo fue fijo para cada grado, y al sumarse los tres, generó un incremento acumulado total que varía sustancialmente entre la alta oficialidad y el personal técnico y suboficial.
A continuación, se presenta el impacto total de los tres aumentos acumulados durante el año 2025, según la jerarquía del pensionista o del titular fallecido (para Montepío):
General de División / Vicealmirante / Teniente General (FAP y PNP): S/3.086,3
General de Brigada / Contraalmirante / Mayor General / General (PNP): S/3.013,6
Coronel / Capitán de Navío / Coronel (FAP y PNP): S/2.487,1
Teniente Coronel / Capitán de Fragata / Comandante (FAP y PNP): S/1.539,7
Mayor / Capitán de Corbeta / Mayor (FAP y PNP): S/1.172,5
Capitán / Teniente Primero / Capitán (FAP y PNP): S/973,08
Teniente / Teniente Segundo / Teniente (FAP y PNP): S/813,3
Subteniente / Alférez de Fragata / Alférez (FAP y PNP): S/796,71
Técnico Jefe Superior / Técnico Superior Primero / Técnico Supervisor / Suboficial Superior: S/963,09
Técnico Jefe / Técnico Superior Segundo / Técnico Inspector / Suboficial Brigadier: S/921,81
Técnico Primera / Técnico Primero / Técnico de Primera / Suboficial Técnico de Primera: S/857,13
Técnico Segunda / Técnico Segundo / Técnico de Segunda / Suboficial Técnico de Segunda: S/803,52
Técnico Tercera / Técnico Tercero / Técnico de Tercera / Suboficial Técnico de Tercera: S/759,45
Suboficial de Primera / Oficial de Mar Primero / Suboficial de Primera: S/736,20
Suboficial de Segunda / Oficial de Mar Segundo / Suboficial de Segunda: S/722,88
Suboficial de Tercera / Oficial de Mar Tercero / Suboficial de Tercera: S/712,14
BENEFICIARIOS
El reajuste no solo beneficia al personal titular en situación de retiro, sino que también tiene un impacto directo en el régimen de Montepío.
Pensionistas del D.L. 19846: Personal militar y policial que pasó a la situación de retiro.
Pensionistas de Montepío: Viudas, viudos, hijos y otros dependientes que reciben una prestación económica vitalicia tras el fallecimiento del titular, manteniendo la proporcionalidad del grado al que correspondía el causante.
Para los pensionistas de Montepío, este triple aumento representa una mejora en el ingreso que reciben, esencial para su subsistencia, siendo el tercer tramo de diciembre el último pago adicional del año.




