El paro nacional que puso el “hasta aquí” al militarismo

por | Jul 20, 2018 | Opinión

FERNANDO CALLE HAYEN

Un día como ayer -19 de julio 1979-se realizó el paro nacional que sumado al 5 de febrero de 1975 y a la constante lucha contra la dictadura militar por parte de los estudiantes, trabajadores, campesinos y en general todo el pueblo, se puso el “Hasta aquí” al militarismo y su expresión de corrupción que hizo  daño a nuestra república a su vez, y que fue un golpe de felonía con lesiones a las Fuerzas Armadas.

No le quedó otra salida a la dictadura militar -12 años en dos fases- que acceder al llamado que venía haciendo desde febrero de 1969 el peruano más ilustre del siglo XX, “El Indoamericano” Víctor Raúl Haya de la Torre, convocándose a elecciones para una Asamblea Constituyente, la que se llevó a cabo el 4 de junio de 1978,  que hace unos días 12 de julio, celebrara sus 39 años sin el recuerdo y homenaje en forma, por parte de quienes juraron defenderla y honrar su memoria; en este terreno, el pueblo aprista tiene la palabra.

En mi artículo anterior recordé  el art. 307 de esta constitución histórica y sabia en la cita frente a las constantes dictaduras en nuestro país; quizás en su revisión y buen recuerdo está la razón por la que pocos, siendo los más obligados, no cumplieron ni por prosapia con sus juramentos, ni por gratitud a lo que son todavía –muchos- gracias al sacrificio y decencia llevada durante años en la política nacional e Indoamericana, por los que dieron sus vidas por la justicia social y por una revolución con pan y libertad.

Por el dramático momento que vive nuestro país –no por culpa del pueblo- y a pedido de la gente, reitero la referida histórica  cláusula pétrea para su recuerdo y sana interpretación. Art. 307 “Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de observarse por acto de fuerza o cuando fuere derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone. En estas eventualidades todo ciudadano investido o no de autoridad tiene el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

Son juzgados, según esta misma constitución y las leyes expedidas en conformidad con ella, los que aparecen responsables de los hechos señalados en la primera parte del párrafo anterior. Asimismo, los principales funcionarios de los gobiernos que se organicen subsecuentemente si no han contribuido a restablecer el imperio de esta Constitución.

El Congreso puede decretar mediante acuerdo aprobado por la mayoría absoluta de sus miembros la incautación de todo o de parte de los bienes de esas mismas  personas y de quienes se hayan enriquecido al amparo de la usurpación para resarcir a la república de los perjuicios que se les haya causado”.

Cuestión de interpretación en su espacio y tiempo y de ejecución en su modalidad ante los tiempos de hoy, en los que se estuvo recordado el Decreto sancionador (pena de muerte) del Libertador Simón Bolívar, con relación a los que en grado de corrupción se apropiaban o enriquecían dolosamente del dinero del Estado que es el dinero del Pueblo.

Hemos demostrado con el fútbol que podemos estar juntos. Ahora y Aquí, por amor a nuestro Perú. Todos juntos contra la Impunidad, que es la gangrena de nuestras instituciones y de nuestra frágil democracia. No a la Impunidad. Que Dios Bendiga al Perú y estemos a su altura en estas Fiestas Patrias. Viva el Perú.

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