Abogado Enrique Ghersi confía en que se anulará sentencia de César San Martín.
Enrique Ghersi, abogado del periodista Aldo Mariátegui expresó su confianza en que el Tribunal Constitucional (TC) dé curso a la acción de amparo contra la Sala Penal de la Corte Suprema, presidida por César San Martín, por no haber dispuesto, en su momento, la prescripción de una querella presentada años atrás contra su patrocinado.
“Era un tema prescrito que no fue tratado como tal porque la Corte Suprema debió haber archivado la causa. Ante ello, se planteó un acción de amparo ante el Tribunal Constitucional y ayer fue la audiencia donde el procurador general de la República encargado de los asuntos del Poder Judicial defendió la posición de la Corte Suprema, luego Aldo Mariátegui hizo lo propio y ya queda en manos del TC tomar una decisión sobre esta acción de amparo presentada contra la Sala Penal de la Corte Suprema integrada por César San Martín. Estamos esperando confiados en que el TC haga valer el estado de derecho, se anule la sentencia injusta y se declare prescrita”, apuntó.
Asimismo, dijo contar con el apoyo de entidades como el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), que pese a sus abismales diferencias ideológicas con Mariátegui respaldan la libertad de expresión de su patrocinado.
“Incluso IPYS, con la que no guarda ninguna cercanía ideológica, presentó una acción consultiva a favor de Aldo explicando que era una amenaza al periodismo porque la querella por difamación cuando prescribe, la prescripción se debe declarar de oficio. Por ello, esperamos que el TC enmiende la grave violación de los derechos q que incurrió la Corte Suprema en la que participa César San Martín”, concluyó.
La controvertida actuación judicial, que tiene como protagonistas a los vocales supremos César San Martín, José Lecaros y Hugo Príncipe Trujillo, según el abogado Ghersi, aparece seriamente agravada porque además la causa judicial se encontraba prescrita, en razón a que la publicaciónsupuestamente difamatoria tuvo lugar el 17 de noviembre del 2008 y la prescripción se computa a los 4.5 años, es decir el 16 de mayo del 2013, y en esta fecha, según acta notarial no había sido emitido fallo alguno.
Los hechos se remontan a una publicación donde se criticaba la postulación del abogado Ramón Ramírez Erazo al cargo de miembro del Tribunal Constitucional, en la que a juicio de Ghersi no se emitió ninguna expresión vejatoria u otro adjetivo por el estilo. El presunto afectado entabló un juicio por difamación que dio lugar a un fallo adverso a nivel de juzgado y de la Corte Superior, que fue elevado a la Suprema con un pedido de excepción de prescripción.
La Suprema programó para el 03 de mayo último la vista de la causa, en la que ésta quedó al voto. El 16 de mayo se produjo la prescripción de la misma, y el 17 de mayo el notario Alfredo Zambrano constató en la la mesa de partes de la sala penal que hasta el 16 de mayo no había sido emitido ningún fallo, con lo cual quedaba certificada la prescripción vigente desde el día anterior. Sin embargo, el 04 de setiembre, la sala penal notificó a Mariátegui una sentencia de fecha tres de mayo que declaraba no haber nulidad, y como queda dicho, ese fallo no existía en esa fecha, según la constatación notarial. Ghersi recurrirá en amparo al TC para pedir la revocatoria del fallo y un precedente punitivo para los autores de esta manipulación judicial.