Escándalo envuelve a la Junta Nacional de Justicia

Denuncian favorecimiento en concurso para jefe de control de fiscalía

Denuncian favorecimiento en concurso para jefe de control de fiscalía

Un escándalo envuelve a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por el presunto favorecimiento indebido a uno de los postulantes en el proceso N° 002-2021-SN/JNJ, para la jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público reemplazará a la Oficina de Control Interno de la Fiscalía Suprema de Control Interno, acentuando el control preventivo.

Entre sus funciones estará identificar mapas de riesgo; detectar posibles conflictos de interés en los fiscales de todos los niveles; crear el expediente electrónico de control; y podrá intercambiar información y hacer investigaciones conjuntas con la Unidad de Inteligencia Financiera. Por ello, el proceso es de gran relevancia.

 

DENUNCIA

Según la denuncia presentada, existiría una estrecha amistad entre dos miembros de la JNJ y el postulante Pedro Miguel Angulo Arana.

A pesar de esta relación amical, se señala que los integrantes de la JNJ, Imelda Tumialán y Aldo Vásquez, decidieron no inhibirse o abstenerse de ver su caso, como ha ocurrido en ocasiones anteriores.

Asimismo, la denuncia da cuenta de la entrega de un irregular puntaje de experiencia en investigación, del incumplimiento de experiencia profesional no acreditada y de la omisión dolosa en la declaración jurada de intereses. Todo ello con el aval de los miembros de la JNJ.

La denuncia fue presentada formalmente ante la Junta Nacional de Justicia antes del 11 de abril, fecha en que se realizó la entrevista personal, pero no fue resuelta.

 

SUSTENTO

La denuncia detalla una serie de irregularidades. Un primer detalle es que recién el 1 de marzo del 2022 la JNJ a través de un comunicado hizo de público conocimiento el CV de Angulo Arana, pese a que el periodo de tachas venció el 16 de febrero “y justamente para la interposición de las mismas resultaba vital conocer el CV de los postulantes”.

Sin perjuicio de esto, el 16 de febrero se presentó una tacha con la información que el postulante consignó en su Ficha de Inscripción por Internet del 2 de diciembre del 2021, información similar a la consignada en el “Registro de CV por Internet” que recién en marzo publicó la Junta.

Entre los requisitos se pide “ser abogado titulado, con colegiatura al día y con experiencia acreditada en esta profesión no menor de 15 años”.

Sin embargo, Angulo Arana no ha podido acreditarlos ni en la fase preliminar con su Ficha de Inscripción, ni en la etapa Curricular con el registro de su CV documentado.

El postulante acreditó únicamente el cargo de Fiscal Superior Titular en lo Penal del 2 de octubre de 1996 hasta el 24 de mayo de 2011, es decir, 14 años, 7 meses y 22 días.

Asimismo, según su Ficha de Inscripción por Internet, consignó únicamente Fiscal Superior de la Fiscalía Suprema de Control Interno del 2 de octubre de 1996 al 1 de diciembre de 2000. Es decir, 4 años, 1 mes y 29 días.

El Reglamento del concurso establece que “si el postulante no cumple los requisitos establecidos en la ley, es considerado no apto”.

 

PUNTAJE IRREGULAR

El Reglamento establece que “se califica la investigación jurídica publicada en libros y en revistas indexadas especializadas en Derecho o afines, que cuenten con un Comité Editorial (…) De no cumplir con lo establecido, no es objeto de calificación”.

Según los resultados de la evaluación curricular, al postulante Angulo Arana se le otorgó 10 puntos en el rubro de “experiencia en investigación”.

Sin embargo, en su CV documentado presentó 5 investigaciones, pero él mismo declaró que dichos artículos o libros no contaban con un comité editorial, requisito exigido para que sea objeto de calificación.

Pese a esta admisión del postulante, la Junta Nacional de Justicia le otorgó 10 puntos, situación totalmente irregular.

En todo proceso de selección, las etapas son preclusivas, por lo que Angulo Arana tuvo que haber sido declarado no apto en la fase de evaluación de aptitud del postulante.

En la denuncia presentada, se señala que no solo correspondía “la descalificación del postulante sino determinar la responsabilidad de los funcionarios involucrados en las irregularidades advertidas en su evaluación”.

 

 

AMISTADES

De acuerdo con capturas de pantalla de las redes sociales del propio postulante, se deja en evidencia el vínculo de amistad que mantiene con Imelda Julia Tumialán Pinto y Aldo Vásquez Ríos, integrantes de la Junta Nacional de Justicia.

En la denuncia se señala que ambos debieron inhibirse y/o abstenerse de participar en las evaluaciones del referido postulante.

Recuerdan que el artículo 15 de la Ley Orgánica de la JNJ señala que “la inhibición tiene por objeto evitar que el voto del miembro de la Junta incurso en la situación de conflicto de intereses pudiera obedecer a razones personales o no de prevalente interés público”.

Y que por ello “se encuentra obligado a informar al Pleno e inhibirse de participar en la decisión correspondiente. De no hacerlo, incurre en un supuesto de destitución”.

Asimismo, precisan que el artículo 99 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, regula las causales de abstención:

“Cuando tuviere amistad íntima, enemistad manifiesta o conflicto de intereses objetivo con cualquiera de los administrados intervinientes en el procedimiento, que se hagan patentes mediante actitudes o hechos evidentes en el procedimiento”.


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