Madrid (EFE).- Un apátrida de origen saharaui ha aceptado en la Audiencia Nacional de España ser condenado a dos años de prisión y cinco de libertad vigilada por difundir propaganda yihadista a través de redes sociales en las que manifestó su odio a España.
Fruto del acuerdo de conformidad entre el fiscal y el abogado defensor, el acusado ha confesado ser autor de un delito de adoctrinamiento terrorista ante lo que el fiscal ha rebajado su petición inicial de cuatro años y seis meses de cárcel.
Las semanas anteriores a su detención, el 28 de marzo de 2022, el acusado, M.A.M., alias Ismail, realizó publicaciones diarias de cánticos llamando a la yihad y al martirio en vídeos que él mismo elaboraba y posteriormente difundía a través de diferentes aplicaciones móviles.
Asimismo, a través de Facebook mantuvo conversaciones en las que exteriorizaba su adhesión al Dáesh así como su odio a España, a la que se refería como «tierra de kufr» (que niega a Alá), según relata el fiscal en su escrito de acusación que ha reconocido el acusado.
Así se detectó el contacto que mantenía con Yacine Elbar, detenido el mismo día en Suiza, país al que había regresado tras combatir en Siria a las órdenes del Estado Islámico, y al que ofreció su ayuda (sin concretar qué tipo de asistencia) en el caso de que decidiera trasladarse a España.
También hasta el momento de su detención mantuvo contacto con usuarios de Facebook yihadistas que afirmaban residir en zona de conflicto y con los que intercambió audios y vídeos de líderes de Estado Islámico.
Se mostraba ante ellos como integrante de la organización terrorista Estado Islámico en el Gran Sáhara (EIGS), alardeando de haber mantenido en el pasado algún tipo de relación con el antiguo líder de EIGS, Abu Walid Al Saharaoui, abatido por las fuerzas armadas francesas en agosto de 2021.
Dado su origen saharaui, el acusado aseguró en dos ocasiones que había intentado unirse a dicho grupo sin que existan evidencias sobre la realidad de sus afirmaciones, motivo por el que solo ha sido acusado por autoadoctrinamiento y adoctrinamiento a terceros, siempre según el escrito del fiscal que plasmará la sentencia tras la confesión de M.A.M..