Exmilitares en el Congreso cobran ‘doble sueldo’ con ley que impulsaron

María del Carmen Alva presentó un proyecto de ley (PL) que fue priorizado en la comisión integrada por José Williams, Jorge Montoya, José Cueto, Roberto Chiabra y Alfredo Azurín, quienes resultaron beneficiados con más dinero del Estado.

por | Mar 7, 2024 | Actualidad, Política

María del Carmen Alva presentó un proyecto de ley (PL) que fue priorizado en la comisión integrada por José Williams, Jorge Montoya, José Cueto, Roberto Chiabra y Alfredo Azurín, quienes resultaron beneficiados con más dinero del Estado.

El Congreso de la República, además de hacerse con sus capacidades para inhabilitar a miembros de la JNJ con un informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que ha sido ampliamente criticado, también alberga entre sus filas a congresistas que, haciendo uso de su poder en las comisiones, impulsan leyes con nombre propio y que los benefician directamente. Este es el caso de los exmilitares José Williams, Jorge Montoya, José Cueto, Roberto Chiabra y Alfredo Azurín, que empezaron a recibir ‘doble sueldo’ apenas ingresaron al Parlamento.

El conveniente ‘doble sueldo’ del que estos legisladores habrían gozado fue advertido este miércoles por el medio de investigación IDL-Reporteros, en el que se detallaron las movidas realizadas por cada uno de los legisladores para que se apruebe la modificatoria de una ley que les permita cobras dos veces del dinero de todos los peruanos. El primero, como pensión de exmilitaridad, o por haber pertenecido a la Policía Nacionaly el segundo, como congresistas de la República.

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Los montos de remuneración, entre sueldos y pensión a los que los legisladores finalmente accedieron, según los cálculos del medio de investigación, variarían desde los S/29 000 soles hasta los S/34 500.

Este beneficio fue promovido inicialmente por la congresista María del Carmen Alva, quien presentó el 29 de septiembre del 2021, a los dos meses de haber asumido funciones como legisladora, un proyecto de ley que modificaba a la Ley N° 19846. Esta norma establecía que “los policías y militares en retiro solo pueden percibir simultáneamente una pensión y un sueldo del Estado cuando uno de ellos provenga de servicios docentes prestados a la enseñanza pública”.


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