Familiares de fonavistas fallecidos pueden cobrar los aportes sin testamento

Así lo indicó la Comisión Ad Hod

por | Dic 20, 2023 | Actualidad, Economía

Así lo indicó la Comisión Ad Hod

Los familiares de los fonavistas difuntos tienen la posibilidad de recibir la restitución de las contribuciones del titular beneficiario sin requerir la presencia de un testamento o sucesión intestada, tal como lo señala la Comisión Ad Hod encargada de dicho procedimiento.

Es importante resaltar que el trámite es completamente gratuito. Además, los herederos legítimos tienen la opción de recibir los fondos siguiendo un orden específico de prioridad.

La Comisión Ad Hoc, establecida mediante la Ley 29625, dio el visto bueno en julio a la decimoctava relación de beneficiarios del Fonavi, compuesta por 31,166 individuos que, tras la verificación de su historial laboral consignado en el Formulario 1, están autorizados para recibir la devolución de sus contribuciones.

A partir del jueves 21 de diciembre las personas incluidas en la lista 20 pueden cobrar en cualquier sucursal del Banco de la Nación a nivel nacional, presentando únicamente su Documento Nacional de Identidad (DNI).

Para solicitar el reembolso de las contribuciones, los allegados deben exhibir la documentación adecuada, como el certificado de matrimonio, de convivencia o el acta de nacimiento del titular.

  1. El cónyuge o conviviente
  2. Los hijos
  3. Los padres
  4. Los hermanos
  5. Finalmente las personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si las hubiera.

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Para dar inicio al procedimiento de cobro, el heredero legítimo debe inicialmente verificar si el fallecido beneficiario del Fonavi está incluido en las listas publicadas hasta la fecha. Esta verificación se realiza consultando las páginas web de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe.

En caso de confirmarse la inclusión del fallecido en dichas listas, el heredero deberá presentar una declaración jurada en cualquier agencia del Banco de la Nación. En esta declaración, deberá indicar que es beneficiario del fonavista fallecido. Además, deberá adjuntar el documento de identidad (DNI) y la documentación pertinente, según corresponda a su situación.


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