Para asegurar trabajo a sus allegados en diferentes ministerios, señalan
En las últimas semanas los medios de comunicación han difundido diversas noticias relacionadas a dudosas contrataciones de familiares y allegados de la pareja presidencial, así como cercanos asesores en distintas entidades del Estado; basta recordar el caso de “Richard Swing” que trajo como secuela una serie de denuncias acerca de este tipo de contrataciones.
Esto dio lugar a que en la comisión de Fiscalización del Congreso de la República, se inicien las indagaciones respectivas, lo que originó, como respuesta de parte del Ejecutivo, una nueva carga de baterías contra el Poder Legislativo.
La abogada Mariella Bianchi Salazar, abogada especialista en Gestión Pública, analizó este tema.
Durante el gobierno del presidente Vizcarra, se publica el Decreto Legislativo N° 1444, que modifica, nuevamente, la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, abriendo mucho más la posibilidad de realizar contrataciones en las diversas instancias estatales, al estipular que las contrataciones (de sus allegados) no se pueden realizar en el mismo ministerio donde es cabeza de portafolio, pero sí en otro.
En el literal h) del artículo 11 sobre Impedimentos, se establece que “El cónyuge, conviviente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de las personas señaladas en los literales precedentes, de acuerdo a los siguientes criterios: (i) Cuando la relación existe con las personas comprendidas en los literales a) y b), el impedimento se configura respecto del mismo ámbito y por igual tiempo que los establecidos para cada una de estas….”
Y para sellar esta situación, en marzo del 2019, mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, se publica el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, donde se “ratifica” lo indicado en el artículo 11 sobre los impedimentos para contratar con el Estado.
«Estas constantes modificaciones en la Ley de Contrataciones del Estado, sobre todo en los criterios de impedimentos para tales contrataciones, ha permitido que muchas personas allegadas a la cúpula de poder, ocupen puestos en las instituciones del Estado, sobre todo en los ministerios, y eso está muy mal porque rompe con toda regla de equidad, justicia e igualdad», dijo.
«Con esta nueva figura legal, las personas cercanas a los ministros, viceministros o funcionarios de los despachos ministeriales, pueden “ruletear” en otros portafolios, evitando, así, incurrir en responsabilidades administrativas, civiles y penales, rompiendo de esta manera, las finalidades de la Ley de Contrataciones como son la transparencia, la igualdad, la equidad, principio de moralidad, entre otros», anotó.