Gobierno impulsa el Bono de Regularización de Edificaciones

En el marco de la norma de la regulación que rige el derecho de propieda predial urbana

por | Dic 17, 2023 | Actualidad, Política

En el marco de la norma de la regulación que rige el derecho de propieda predial urbana

El Bono de Regularización de Edificaciones fue instaurado por el Gobierno con el propósito de beneficiar a los propietarios de viviendas unifamiliares o bifamiliares, localizadas en suelo urbano con licencia de habilitación urbana aprobada, en concordancia con el Plan de Desarrollo Urbano Vigente y situadas en sectores de bajos recursos.

Esta medida fue establecida a través del Decreto Legislativo Nº 1595, el cual fue publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El artículo 24 de la normativa establece que el «Bono de Regularización de Edificaciones» no puede ser embargado y no está sujeto a devolución. Este bono se considera un estímulo con el propósito de asegurar la construcción de viviendas dignas, apropiadas y seguras, con el fin de reducir el déficit habitacional y mejorar las condiciones para el pleno ejercicio del derecho de propiedad predial.

Este incentivo se destina exclusivamente a cubrir los gastos asociados a la regularización de edificaciones y otras acciones relacionadas que sean pertinentes.

La regulación confiere a Fondo Mivivienda S.A. la autoridad para conceder y gestionar el Bono de Regularización de Edificaciones.

El uso del bono no impide que el receptor sea elegible para otros subsidios proporcionados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en consonancia con sus programas y la índole de sus subsidios.

No obstante, esta disposición no se aplica a los subsidios ofrecidos en las categorías de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio, para los cuales el beneficiario del Bono de Regularización de Edificaciones no es elegible.

La ejecución del Bono de Regularización de Edificaciones se financia utilizando los fondos asignados en el presupuesto del MVCS, sin requerir recursos extra del Tesoro Público y dentro de los límites presupuestarios disponibles. Este beneficio será aplicable una vez que entre en vigor el presente Decreto Legislativo.

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Del mismo modo, el Decreto Legislativo Nº 1595, denominado «Decreto legislativo de regularización del derecho de propiedad, de las características físicas de los predios urbanos, de habilitaciones urbanas y de edificaciones», actualiza el marco normativo en respuesta al aumento de la informalidad en las viviendas, tanto en lo que respecta a la falta de títulos de propiedad como a las edificaciones no declaradas.

Este Decreto Legislativo tiene como objetivo establecer los procedimientos para la regularización del derecho de propiedad de terrenos urbanos de propiedad privada, así como de las características físicas de dichos terrenos, las habilitaciones urbanas y las edificaciones.

Asimismo, se aplica a nivel nacional en asuntos no contenciosos de competencia notarial, procedimientos registrales y otros procedimientos administrativos contemplados en el mismo.

La meta es contribuir al saneamiento físico y legal de los terrenos de propiedad privada urbana, proporcionando seguridad jurídica a los propietarios y fomentando la mejora del derecho de propiedad de dichos terrenos.


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