Huánuco: Se brindan bonos de arrendamiento para damnificados

El Ministerio de Vivienda aprobó la cuarta convocatoria para brindar bonos de arrendamiento de vivienda para damnificados

El Ministerio de Vivienda aprobó la cuarta convocatoria para brindar bonos de arrendamiento de vivienda para damnificados

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dio luz verde a la cuarta convocatoria del año 2024 con el propósito de asignar un total de 98 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE), destinados a 98 familias afectadas por desastres en la provincia de Leoncio Prado, en Huánuco.

El Bono constituye un recurso de ayuda temporal dirigido a las personas afectadas por desastres naturales o provocados por actividades humanas, cuyas viviendas hayan sufrido daños graves o se hayan vuelto inhabitables, y que residan en áreas declaradas en situación de emergencia mediante un decreto supremo.

A través de la Resolución Ministerial N° 100-2024-Vivienda, se autorizó la cuarta convocatoria del año para la entrega de bonos de arrendamiento a 98 familias de los distritos de Castillo Grande, Hermilio Valdizán, Mariano Dámaso Beraún y Luyando, pertenecientes a la provincia de Leoncio Prado. Estas familias se vieron afectadas por las fuertes lluvias.

Las casas afectadas y no habitables de las 98 familias damnificadas han sido verificadas por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS, por lo que se establece lo siguiente:

1.El Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) tiene un valor de 500 soles y se concede mensualmente por un período de hasta dos años, destinado al alquiler de una vivienda en Huánuco.

2.La lista de posibles beneficiarios se difunde en los portales web del Ministerio de Vivienda (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo Mivivienda (www.mivivienda.com.pe) La relación de posibles beneficiarios también está disponible en las sedes digitales de las municipalidades de Castillo Grande, Hermilio Valdizán, Mariano Dámaso Beraún y Luyando.

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Dentro de un máximo de 10 días hábiles, los posibles beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias pueden entregar los siguientes documentos, los cuales deben contar con la firma del representante del grupo familiar:

-Solicitud de otorgamiento del BAE.

– Declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen (Huánuco).

– Contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.

– De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

Según lo indicado en la resolución ministerial mencionada, las municipalidades de Castillo Grande, Hermilio Valdizán, Mariano Dámaso Beraún y Luyando deben enviar al MVCS, a través de su mesa de partes física o virtual, los documentos presentados por los posibles beneficiarios en un plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir del último día hábil del período de presentación de documentos.

El conteo del período para la concesión del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias comienza desde la fecha en que cada beneficiario realiza su primer retiro en el Banco de la Nación.


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