Indecopi ordena a Rappi consultar a los consumidores sobre el pago de propinas

La empresa Rappi ha sido señalada por la SPC del Indecopi por infringir los derechos de los consumidores al fijar el importe de la propina

por | Jun 1, 2024 | Actualidad

La empresa Rappi ha sido señalada por la SPC del Indecopi por infringir los derechos de los consumidores al fijar el importe de la propina

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi emitió un comunicado destacando que la compañía Rappi ha infringido los derechos de los consumidores al implementar la opción predeterminada de incluir una propina a favor del repartidor en sus transacciones.

Como consecuencia de esta situación, la Sala ratificó en su segunda y definitiva instancia la culpabilidad administrativa de la empresa y ordenó, como acción correctiva, que esta modifique su plataforma digital. La modificación requerida implica que la empresa deberá presentar de manera clara y fácilmente comprensible una opción de consulta al consumidor sobre si desea o no agregar un monto en concepto de propina.

En la Resolución 1235-2024/SPC-INDECOPI emitida el 6 de mayo de 2024, la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) expuso que la práctica en cuestión constituía un método comercial coercitivo. Esta calificación se debe a que la conducta de la empresa forzaba al consumidor a aceptar un cargo no acordado previamente, infringiendo de esta manera sus derechos. La SPC fundamentó su decisión en el artículo 56°.1 literal b) del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que claramente tipifica esta acción como una violación de las normativas de protección al consumidor.

Además de lo anteriormente mencionado, la resolución dictaminó que la inclusión predeterminada de una propina en las transacciones de Rappi restringía la capacidad del consumidor para decidir de manera autónoma si deseaba o no otorgar una gratificación.

Asimismo, la resolución indica que se constató que el diseño de la aplicación de Rappi podría inducir a los consumidores a creer que el monto de la propina preseleccionado debía ser abonado obligatoriamente, sin ofrecer una opción clara para rechazar dicho pago. Esta configuración en la plataforma contradice el principio de voluntariedad asociado al concepto de propina.

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) ratificó la responsabilidad administrativa de Rappi S.A.C., tal como había sido establecida en la Resolución 0043-2023/CC3 emitida por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 el 20 de junio de 2023.

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